Respuesta del FORO, en palabras de su Coordinador Pablo Molero, al periodista Luis Majul tras dichos inadecuados sobre discapacidad

Sobre afirmaciones hechas en el programa de Luis Majul (10/7/22) en relación a temáticas relacionadas con las personas con discapacidad Sr. Majul: En su programa se hicieron afirmaciones no adecuadas referidas a la cantidad de personas con discapacidad, la entrega de certificados únicos de discapacidad (CUD) y de pensiones no contributivas por invalidez, que distan… Continúa leyendo Respuesta del FORO, en palabras de su Coordinador Pablo Molero, al periodista Luis Majul tras dichos inadecuados sobre discapacidad

Sobre afirmaciones hechas en el programa de Luis Majul (10/7/22) en relación a temáticas relacionadas con las personas con discapacidad

Sr. Majul:

En su programa se hicieron afirmaciones no adecuadas referidas a la cantidad de personas con discapacidad, la entrega de certificados únicos de discapacidad (CUD) y de pensiones no contributivas por invalidez, que distan de datos ciertos y por ende son falaces, así mismo utilizan a las personas con discapacidad como objeto de sus intereses desconociendo la realidad de estas personas como sujetos de derecho.

Le comento que el Certificado Único de Discapacidad recién comenzó a existir con las leyes 24.901 (1997) y 25.504 (2001) y progresivamente se fueron reemplazando los certificados emitidos por las provincias por este, a través de juntas de evaluación con la normativa establecida por la el Ministerio de Salud de la Nación. Recién en el 2009 se inició el Registro Nacional de Personas con discapacidad (RNPcD) al que progresivamente se fueron sumando los certificados extendidos por las provincias. Por este motivo se debió su gran crecimiento.

Se promovió que las personas con discapacidad certificaran su discapacidad porque eso les permitía acceder a ciertos beneficios y a los derechos que marca la legislación argentina. La misma establece taxativamente la emisión de dicho certificado para acceder por ejemplo a la atención en prestaciones básicas como las educativas, educativas terapéuticas, asistenciales, transporte, rehabilitación entre otros derechos que para las personas con discapacidad son esenciales para tener o mantener una calidad de vida digna.

Se afirmó que es una gran cantidad de personas con discapacidad la certificada (alrededor de 1.500.000), pero en realidad es solamente un tercio de las personas con discapacidad, porque en nuestro país se calcula que el 10% de la población tiene alguna discapacidad. Así lo muestran no sólo los datos suministrados por los organismos nacionales de estadísticas, sino también los estándares internacionales a los que puede acceder libremente e informarse.

Por esto es muestra de una gran ignorancia decir que en nuestro país? ?no hubo una guerra para que el número de personas con discapacidad creciera tanto??, lo que pasó es que anteriormente no se promovía que dichas personas se certificaran y se logró así una mayor visibilización de la realidad de un importante número de conciudadanos que como usted o cualquiera de nosotros son sujetos de derecho y que su realidad no se debe desconocer.

Los gobiernos que han promovido el acceso a derecho de las personas con

discapacidad han dado posibilidades para que estas personas conozcan lo que la sociedad argentina a través de sus legisladores ha establecido como garantía a sus derechos. Se reconoció que estas personas recibieran atención, no por beneficencia o caridad, sino por ejercicio de ciudadanía como una obligación del Estado y de los diversos organismos que forman parte de la seguridad social, como cualquier miembro de nuestra sociedad.

Se reconoció que había un sujeto de derecho, una cuestión de justicia, un reconocimiento de su dignidad.

Sr. Majul, no hubo guerra, pero nuestro país hace muchos años que presenta una pobreza estructural, un gran número de accidentes automovilísticos y contaminación por agroquímicos, tiene avances médicos que permiten que muchos niños con problemas de nacimiento logren vivir, aunque con secuelas y también ha logrado prolongar la edad de vida de las personas. En las realidades mencionadas se suelen generar deficiencias en un gran número de conciudadanos y que a su vez experimentan las restricciones para su participación social que el entorno no adecuado a sus necesidades les produce. Contra estas situaciones peleamos cotidianamente como sociedad para mejorar la calidad de vida de estas personas y las condiciones de nuestro país, por lo que sus afirmaciones no solo faltan a la verdad, sino que desconocen los derechos de un gran número de sus conciudadanos y también hablan de una gran ignorancia sobre esta realidad.

Esto se comprueba además al afirmar que la discapacidad se certifica con una normativa que establece el 70% de daño. En primer lugar, la discapacidad no es una cuestión de porcentaje, si bien es cierto que existen grados, pero ella es una cuestión de deficiencia en la funcionalidad en relación con un entorno que no está adecuado a los requerimientos de la persona para participar en el mismo. Segundo, dicha normativa es la que se usa para determinar la incapacidad laboral y para que esta exista tiene que haber un 76% o más de deficiencia y con esta se accede al Certificado Médico Obligatorio (CMO) un requisito necesario para acceder a una pensión no contributiva por incapacidad laboral. Tercero, la normativa para dar el CUD es otra.

Se dijo que se ha aplicado la normativa de la pensión no contributiva por incapacidad laboral de manera flexible. Esto es cierto, porque no hay una pensión no contributiva por discapacidad. Esta no es igual a incapacidad laboral, ya que mucha gente con discapacidad puede trabajar. Pero el gobierno del Dr. Kirchner tomó una decisión política de entregar pensiones a personas con discapacidad, aunque no tuvieran el  CMO buscando responder a sus necesidades básicas insatisfechas y para que pudieran acceder a atención y medicación a través del Programa Federal de Salud. Ya que en la Argentina ser pobre es grave, más lo es serlo y tener la condición de discapacidad. Quizás su error fue no haber establecido una normativa propia para que

las personas con discapacidad sin cobertura pudieran acceder a una pensión, pero ojo que la Ley 24901 establece que el Estado está obligado a dar la atención que en la misma se detalla a las personas con discapacidad sin cobertura social y que sus padres o personas a cargo no lo pueden hacer, en este sentido el programa Incluir Salud, al que da derecho la pensión no contributiva, ha venido a cubrir dicha obligación.

Desde aquí se entiende el crecimiento durante esos años de personas que accedieron a pensiones. Puede ser que hubo errores o personas que las recibieron que no les correspondía, pero fueron más los beneficios que se recibieron y cumpliendo una obligación establecida por ley. Hoy vemos que hay 1.500.000 de personas con discapacidad certificada y hay alrededor de 1.100.000 pensiones por invalidez, entonces ¿dónde está el error? En verdad es algo razonable y fundado en el derecho que otorga la ley.

Con respecto a los certificados de libre estacionamiento, también se puede entender su crecimiento debido a que desde algunos años se puede hacer el trámite vía online y esto ha agilizado mucho el acceso al mismo, así también la realidad del desplazamiento en nuestras ciudades es compleja lo obstáculos y la falta de accesibilidad, requieren soluciones en este sentido y en otros desde las normas, pero lo principal es la sensibilidad social que facilite la inclusión de todos los miembros de nuestra sociedad, que comunicadores como usted deberían facilitar y no entorpecer generando una gran duda en el resto de la sociedad que desconoce mucho sobre la misma.

Pbro. Pablo Molero, Coordinador Foro

 

 

 

 

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