Revés para Milei: la Corte obliga a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
La medida obliga al gobierno a actualizar salarios docentes y no docentes y recomponer programas estudiantiles previstos en la Ley de Financiamiento Universitario.
La Corte Suprema de Justicia desestimó la queja presentada por el gobierno de Javier Milei en la causa iniciada por el Consejo Universitario Nacional y otros contra el Estado por el Decreto 759/25, al concluir que el recurso extraordinario no estaba dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable.
La decisión, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, garantiza por el momento la actualización salarial del personal docente y no docente de las universidades públicas, además de la recomposición de programas destinados a estudiantes.
La resolución del máximo tribunal
En una resolución firmada este jueves, el máximo tribunal también rechazó el pedido de excusación formulado en el expediente y remitió a lo resuelto el 4 de junio de 2026 en el incidente de recusación con causa correspondiente a la misma causa.
La Corte sostuvo que el recurso extraordinario, cuya denegación parcial dio origen a la queja, no cumplía con el requisito de dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable, conforme al artículo 14 de la Ley 48.
En consecuencia, el Tribunal desestimó tanto el pedido de excusación como la presentación directa e intimó al recurrente para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encontraba diferido de acuerdo con la Acordada 47/91.
La queja fue interpuesta por el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación, en su carácter de parte demandada. El expediente tuvo origen en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 y luego intervino la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.







