Revés judicial para La Libertad Avanza en Mendoza
Por no presentar balances, el Juzgado Federal N°1 de Mendoza dispuso la suspensión cautelar de todos los aportes públicos destinados a La Libertad Avanza Mendoza.
La Justicia Electoral resolvió suspender cautelarmente todos los aportes públicos que le corresponden al partido La Libertad Avanza Mendoza por incumplir con la presentación del balance contable del ejercicio 2025 dentro del plazo establecido por la ley.
La medida comenzó a regir el 30 de junio, una vez vencido el plazo previsto en el artículo 66 bis de la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos, sin que la agrupación presentara la rendición de cuentas exigida por la normativa vigente.
La resolución judicial representa un revés para el espacio político en Mendoza, ya que la suspensión afecta el acceso a los fondos públicos hasta tanto regularice su situación ante la Justicia Electoral
Qué dice la medida judicial
El motivo de la medida es por la falta de presentación de balances y rendición de cuentas del ejercicio 2025 ante la Justicia Electoral, documentación indispensable para acreditar el manejo de los recursos económicos de la agrupación, la cual tiene un plazo perentorio de 15 días .
La resolución fue emitida por el Juzgado Federal N° 1 de Mendoza, a cargo de la magistrada Dra. Susana Beatriz Pravata.
La Ley 26.215 establece que los partidos políticos deben rendir cuentas periódicamente sobre el origen y el destino de los fondos que administran.
El incumplimiento de esa obligación habilita a la Justicia Electoral a aplicar sanciones, entre ellas la suspensión de los aportes públicos.
Al verificarse que el plazo legal había expirado sin la presentación de la documentación requerida, el Juzgado Federal N° 1 de Mendoza resolvió aplicar la medida cautelar de manera inmediata.
Si el partido regulariza la situación y cumple con todos los requisitos legales, la Justicia podrá evaluar el levantamiento de la suspensión de los aportes públicos.
La resolución judicial también advierte que la presentación de la documentación no será un mero trámite administrativo.
El fallo señala que, si el balance o la documentación respaldatoria no permiten acreditar adecuadamente el origen y la utilización de los fondos recibidos, podrán aplicarse las sanciones previstas por la legislación vigente en materia de financiamiento de los partidos políticos.
Además, una vez que la resolución quede firme, la suspensión será incorporada al Sistema de Sanciones a Partidos Políticos y comunicada tanto a la Cámara Nacional Electoral como a la Dirección Nacional Electoral.
De esta manera, la sanción tendrá efectos administrativos hasta que la situación del partido quede regularizada conforme a las exigencias establecidas por la Justicia Electoral.







