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Milei habilitaría a las universidades a cobrar un arancel a extranjeros no residentes

Para hacer efectivo el cobro de este arancel, se modificará la Ley de Educación Superior y cada universidad decidirá su postura. Esta iniciativa es parte de la Ley Bases.

Luego de la masiva marcha federal universitaria en todo el país en defensa de la educación pública y contra el veto del presidente Javier Milei a la Ley de Presupuesto Universitario, el ejecutivo ahora presentará un proyecto de ley cuyo objetivo es el arancelamiento para extranjeros que concurran a las casas de altos estudios públicas.

El proyecto de ley sería presentado a través del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que conduce Federico Sturzenegger, y se presume que podría ocurrir tras el debate parlamentario en Diputados del veto presidencial a la Ley de Financiamiento Universitario, previsto para este miércoles 9 de octubre.

Qué contempla el cobro de arancel

La posibilidad de avanzar en el cobro para los estudiantes extranjeros es una potestad que Poder Ejecutivo había planteado en el texto inicial de la Ley Bases, pero que fue excluida durante las negociaciones para su aprobación en el Congreso.

Fuentes del oficialismo subrayaron que el principio de gratuidad está garantizado para los argentinos residentes, destacando que el texto de la Ley Bases autoriza a las áreas de gobierno a arancelar la educación superior para los extranjeros.

Los principales ejes de la reforma en el sistema educativo que será enviado al Congreso

  • Examen al finalizar la educación secundaria: fortalecimiento de la política de evaluación Aprender.

  • Liberar restricciones en cuanto a la educación a distancia para el ciclo orientado de nivel secundario y enseñanza híbrida a partir del segundo ciclo del nivel primario, de forma adicional a la educación presencial obligatoria.

  • Garantizar que los profesionales que ingresen a la docencia completen un ciclo pedagógico.

  • Evaluación a docentes en un período no mayor a 4 años y fortalecimiento de la formación continua.

  • Aprobar la educación secundaria para poder ingresar a la enseñanza de grado en el nivel superior.

  • Universidades deben ofrecer cursos de nivelación o exámenes de ingreso, pero no deben tener un carácter selectivo excluyente.

  • Determinar principios básicos para la asignación de recursos de las universidades.

  • Universidades podrán cobrar aranceles a los estudiantes extranjeros no residentes.

  • Evaluaciones externas universitarias dentro de los primeros 6 años a partir de la normalización (universidades públicas) y el reconocimiento provisorio (universidades privadas). Repetirse cada 10 años.

  • Incentivar a las instituciones escolares a la recaudación de fondos con el consentimiento de las autoridades, así como la recepción de contribuciones de particulares, empresas y OSC.

  • Educación técnica: duración equivalente o máximo de un año adicional a la duración del nivel secundario de cada jurisdicción.


Qué dice la Ley de Educación y la Ley de Migraciones

Una modificación en el actual sistema de ingreso de estudiantes extranjeros a las universidades nacionales implicaría que el Gobierno envíe al Congreso una propuesta para que se cambien parcialmente, al menos, la Ley 24.521 de Educación Superior y la Ley 25.871 de Migraciones.

"la Ley de Educación Superior, en el artículo 2 bis, prohíbe que los estudios de grado en educación superior de gestión estatal tengan aranceles, tasas o impuestos y establece la gratuidad. De lo cual, surge que los estudiantes extranjeros inmigrantes, ya sean regulares o irregulares al momento de inscribirse, deben ser admitidos por las universidades y no se les puede cobrar aranceles".

"La Ley de Migraciones es una ley muy amplia, abarcativa y establece en el art. 6 que los inmigrantes y sus familias deben tener acceso igualitario, los mismos derechos y protecciones que gozan los argentinos con relación a una serie de servicios, incluida la educación".

Por otra parte, agregaron que "el artículo 7 establece que la irregularidad migratoria de un extranjero no puede impedir su admisión como alumno a un establecimiento educativo de cualquier nivel, ya sea público o privado".

Por lo tanto, "esa Ley prohíbe claramente que la irregularidad migratoria sea un impedimento para el ingreso a una institución". Así lo explicó una fuente del área de Comunicación de la Universidad de Buenos Aires (UBA) al medio Página 12.

Osea, para avanzar en esta medida el Congreso tiene que sacar una nueva legislación que modifique legislación preexistente. 

Es decir, debería modificarse la Ley de Educación Superior vigente desde el menemismo. 


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