Milei autorizó que la Policía Federal detenga a personas sin autorización judicial
La reforma se da a un día de la enorme movilización en apoyo a Cristina Kirchner. La ministra de Seguridad Patricia Bullrich sostuvo que esta transformación busca "una fuerza ágil, inteligente y profesional", al estilo FBI estadounidense.
El gobierno de Javier Milei oficializó este martes la reforma de la Policía Federal Argentina con el Decreto 383/2025, firmado por el presidente, el jefe de gabinete Guillermo Francos y la ministra de seguridad Patricia Bullrich.
Ahora, la Policía Federal se enfocará en delitos federales y complejos, bajo un modelo inspirado en EE.UU.
De esta manera la nueva estructura divide la fuerza en el Departamento Federal de Investigaciones y el Departamento Federal de Coordinación, abarcando áreas como inteligencia, narcotráfico, forense y cooperación internacional.
Además, podrán investigar sin orden judicial, solo con pedido del Ministerio de Seguridad.
Esta reforma se oficializa a un día de la marcha de "Vienen por ella. Vamos con ella", la convocatoria para acompañar a Cristina a Comodoro Py.
El anuncio oficial será esta tarde, con la presencia del presidente Javier Milei, a las 14.15, durante un acto que encabezarán en la sede del Cuerpo de Policía Montada, ubicada sobre la calle Cavia al 3.300, en el barrio porteño de Palermo.
Qué contempla la reforma de la policía
El decreto deroga todas las competencias y atribuciones de la PFA sobre la seguridad en la Ciudad de Buenos Aires, completando así el proceso de traspaso que se inició en 2016. La fuerza solo podrá intervenir en la seguridad de otros ámbitos jurisdiccionales "en forma subsidiaria o a requerimiento".
Art 6
La parte más polémica de la reforma es la establecida en el artículo 6 del nuevo estatuto, el que establece las facultades de la PFA, y que otorga la posibilidad de actuar sin orden judicial en diversos ámbitos.
Inciso 7
En el inciso 7 de ese artículo sostiene que "fuera de los casos establecidos en los Códigos Procesales Penales y demás legislación vigente, no podrá detener a las personas sin orden de juez competente".
Pero enseguida aclara que "si existiesen circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien hubiese cometido o pudiere cometer algún hecho delictivo y no acreditase fehacientemente su identidad, podrá ser conducido a la dependencia policial".
Estas detenciones, que se parecen mucho al concepto de "portación de rostro", serán por hasta diez horas.
Inciso 8
Le da amplias facultades a la PFA por la falta de precisiones ya que establece que podrá "registrar y calificar a las personas dedicadas habitualmente a una actividad que la policía debe reprimir".
Para especialistas esto le da sustento legal a la fuerza para los operativos que viene ordenando Bullrich para "controlar" las manifestaciones políticas en los accesos a la Ciudad.
Inciso 11
Habilita el ciberpatrullaje:
"Realizar, sin necesidad de autorización judicial, tareas de prevención del delito en espacios públicos digitales, tales como redes sociales abiertas, sitios web públicos y otras fuentes abiertas, conforme a las pautas y principios rectores dictados para dichas actividades por la autoridad competente", dice el estatuto.
Inciso 13
Establece que sin orden judicial podrá requisar personas:
"inspeccionando los efectos que lleven consigo, así como el interior de los vehículos, aeronaves y embarcaciones".
Para esto bastará con que los efectivos crean que se puedan ocultar algo vinculado a un delito y que justifiquen que no hay tiempo para pedir la orden de un juez.
Estas pesquisas sin orden judicial además estarán habilitadas en caso de que "se practique en la vía pública o en lugares de acceso público y en el marco de operativos de prevención".