El gobierno de Milei avanza en el despido de trabajadores de planta permanente del Estado
El Ministerio de Desregulación y Transformación, aprobó el procedimiento que permite a los organismos públicos solicitar perfiles de trabajadores incluidos en el Registro de Personal en Situación de Disponibilidad, a fin de cubrir cargos vacantes o el despido.
Para acompañar las medidas de transformación y cierres de diversos organismos nacionales, ahora el gobierno de Javier Milei profundiza la motosierra en más trabajadores del Estado.
El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado a cargo de Federico Sturzenegger, oficializó este martes, y a través de la Resolución 54/2025, el procedimiento que permite a los organismos públicos solicitar perfiles de trabajadores incluidos en el Registro de Personal en Situación de Disponibilidad, a fin de cubrir cargos vacantes.
De este manera, el gobierno de Milei pone en funcionamiento uno de los puntos de la reforma laboral establecida en la Ley Bases, el cual flexibiliza la situación de los empleados en planta permanente al permitir su despido en caso de no ser reubicados en un plazo máximo de un año.
Reubicación o despido
Registro de Personal en Situación de Disponibilidad
La resolución reglamenta aspectos operativos del régimen aprobado en 2024 para el personal alcanzado por el "régimen de estabilidad" (conocido como planta permanente) y afectado por medidas de reestructuración o reducción de dotación.
El objetivo es, según la resolución, "facilitar su reubicación dentro del Estado antes de considerar nuevas incorporaciones".
El nuevo procedimiento establece que las jurisdicciones y organismos que cuenten con cargos vacantes podrán solicitar perfiles al Registro.
Si hay candidatos que cumplan con los requisitos del puesto, la Autoridad de Aplicación podrá proponer su traslado, formalizando la oferta mediante una comunicación fehaciente.
Una vez aceptada la propuesta, se elaborará un informe técnico y se informará a la jurisdicción de destino. En ese caso, el trabajador dejará de integrar el registro y tomará posesión del nuevo cargo el primer día hábil siguiente.
El procedimiento forma parte del Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad, aprobado por la Resolución 1/2024 de la misma Secretaría, en el marco del artículo 11 de la Ley 25.164 de empleo público.
"El personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce (12) meses, conforme lo establezca la reglamentación".
Según lo dispuesto, el titular de los organismos en los que se "supriman dependencias, funciones o se encuentre afectado por una medida de reducción de la dotación (...) deberá aceptar inmediatamente las renuncias en trámite, a excepción de aquellas que correspondan al personal con procesos sumariales en curso".
A su vez, las autoridades de cada jurisdicción deberán "identificar al personal que se encontrase a la fecha en que opere la medida de supresión o reducción bajo tutela sindical y al personal amparado por las leyes Nros. 22.431 y 23.109 y asignarle funciones, de lo que deberá dar cuenta a la autoridad de aplicación", y también "intimar al personal que se encuentre en condiciones de jubilarse a la fecha en que opere la medida de supresión o reducción, y reubicar transitoriamente a los agentes afectados que alcancen dichas condiciones dentro de los 12 meses posteriores".