Denuncian la extracción de sales de litio en el sur provincial que perjudicaría áreas protegidas
El proyecto minero "Don Luis y otro" quiere extraer sales de litio, de manera ilegal, en una zona ubicada entre San Rafael y Malargüe, perjudicando humedales y áreas protegidas como la Reserva Natural Laguna Las Salinas y el sitio Ramsar Laguna Llancanelo.
La comunidad en Defensa del Agua del sur de Mendoza convocan a una jornada de protesta y visibilización en contra del tratamiento de Declaración de Impacto Ambiental del proyecto minero "Don Luis y otro", por ser ilegal, e impulsado por las empresas Cordillera Ventures, Eduardo Piñero y El Jarillal S.A., que propone realizar tareas de prospección y exploración para la extracción de sales de litio en una extensa zona ubicada entre los departamentos de San Rafael y Malargüe, en la provincia de Mendoza.
La superficie involucrada alcanza aproximadamente las 230.000 hectáreas (2.300 km²), una dimensión equivalente a un territorio de unos 48 km por 48 km.
Por considerarlo como un saqueo y negociado a este avance del Proyecto de Litio en el Sur de Mendoza, convocan para este martes 26 de mayo a la Legislatura Provincial a partir de las 9 horas, en contra de esta explotación minera que perjudica el territorio y el agua.
Comunicado
Pretenden avanzar a pesar de encontrarse en un marco de ilegalidad
Actualmente, el proyecto ya cuenta con una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) emitida por la autoridad minera provincial y se encuentra en instancia legislativa, tal como lo establece la Ley Provincial N.º 7722.
La DIA avanza sobre la exploración a pesar de encontrarse en un marco de ilegalidad.
El Ministerio de Energía y Ambiente otorgó la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para que el proyecto continúe su tratamiento en la Legislatura, avanzando sobre la etapa de exploración.
De este modo, la propia DIA deja en evidencia un tratamiento conjunto de las etapas de prospección y exploración, aun cuando aspectos fundamentales de la exploración todavía no pueden definirse sin resultados previos de la prospección.
Prospección y exploración fueron tratadas como si fueran una sola etapa.
La legislación vigente establece claramente que la prospección y la exploración son etapas diferentes dentro de un proyecto minero y que cada una debe contar con:
su propio Informe de Impacto Ambiental (IIA)
su propia Declaración de Impacto Ambiental (DIA)
su correspondiente aprobación legislativa
Esto se encuentra establecido en:
la Ley Provincial N.º 7722
el Decreto Reglamentario N.º 820/06, de la Ley Nacional N.º 24.585.
Dentro del propio expediente, el proponente reconoce reiteradamente que no puede precisar aspectos fundamentales de la exploración (como cantidad de pozos, caminos, depósitos o personal necesario) hasta no concluir primero la etapa de prospección.
Es decir, el mismo expediente termina confirmando en la práctica que ambas etapas son distintas y que la exploración depende de los resultados previos de la prospección.
Falta de aplicación clara de la Ley 7722
Uno de los aspectos más llamativos es que los autores del proyecto no mencionan en ningún momento la Ley Provincial N.º 7722 como legislación aplicable al emprendimiento minero, a pesar de tratarse de una norma central para la actividad minera en Mendoza.
Sí hacen referencia a la Ley 7722:
el Dictamen Técnico
la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria (FCAI)
el Departamento General de Irrigación
la Municipalidad de Malargüe en su dictamen sectorial
El proyecto creció de manera extraordinaria
El expediente original comenzó como un pedido de exploración sobre unas 10.000 hectáreas en Las Salinas del Diamante.
Posteriormente, el proyecto fue ampliado hasta abarcar 26 expedientes y una superficie que supera las 230.000 hectáreas.
A pesar de este crecimiento enorme, gran parte de la información técnica presentada continúa siendo prácticamente la misma que la del proyecto original. Esto genera dudas sobre la consistencia y seriedad de la planificación presentada.
Existen observaciones técnicas no resueltas
La Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria (UNC) realizó un análisis detallado del Informe de Impacto Ambiental y formuló numerosas observaciones.
Muchas de las respuestas brindadas por el proponente fueron consideradas:
parcialmente suficientes
o directamente insuficientes
Entre los puntos observados se encuentran:
cantidad de perforaciones
apertura de caminos
de depósitos
cantidad de personal
tareas específicas de exploración
En varios casos, las respuestas sostienen que no pueden definirse esos aspectos hasta no contar con los resultados del mapeo geológico y con acceso efectivo al territorio.
No se pidió informe al municipio de General Alvear
La Ley 7722 establece en su artículo 5º la participación de los municipios de la cuenca involucrada.
Sin embargo, no se solicitó dictamen sectorial a la Municipalidad de General Alvear.
Esto resulta especialmente relevante debido a la importancia ambiental e hídrica regional que poseen estas cuencas para el sur mendocino.
Falta de consideración sobre el Observatorio Pierre Auger
En la zona del proyecto funcionan detectores de superficie del Proyecto Pierre Auger, uno de los observatorios científicos más importantes del mundo para el estudio de rayos cósmicos.
El sistema posee aproximadamente 1.660 detectores instalados en el territorio y requiere determinadas condiciones ambientales para funcionar adecuadamente.
Sin embargo:
no se solicitaron informes sectoriales al observatorio
no existe un relevamiento georreferenciado preciso de los detectores
ni se establecen medidas concretas de prevención o cuidado.
La propia Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria señaló esta ausencia dentro de sus observaciones técnicas.
Insuficiente relevamiento social y territorial
Existen cuestionamientos respecto de la falta de información sobre:
centros poblados
puesteros
rutas de trashumancia
comunidades indígenas
La Municipalidad de Malargüe informó la presencia de comunidades como Lof Yanten Florido y Lof Epv Levfv, dentro o en áreas vinculadas al proyecto.
Ausencia de informes científicos claves
La Dirección de Minería había solicitado dictamen sectorial al IADIZA (Instituto Argentino de Investigaciones de Zonas Áridas).
No obstante, el instituto informó que no emitiría dictamen debido a la falta de respuesta respecto del presupuesto requerido para realizar el trabajo técnico.
Como consecuencia, el expediente avanzó sin contar con ese informe científico especializado.
Contactos:
Mujeres Autoconvocadas - Cultura 7722 General Alvear, Mendoza.
Andrea Carolina Fantinel DNI 22979690 Tel: 2625 645455 Mail: afantinel1972@gmail.com
Miguel Angel Rodriguez DNI 10755532 Tel: 2625 664038 Mail: marodri_6@hotmail.com







