Declararon inconstitucional el veto de Javier Milei a la ley de emergencia en discapacidad
Un juez hizo lugar a un recurso de amparo presentado por los padres de dos niños con discapacidad, y agregó que "el derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias".
Este lunes, el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, declaró la inconstitucionalidad del veto del presidente Javier Milei a la ley 27.793 de emergencia en discapacidad, una iniciativa que había sido sancionada por el Congreso el 10 de junio último.
El juez indicó en un fallo publicado este lunes que "el derecho de los niños con discapacidad prevalece ante cuestiones presupuestarias".
El amparo había sido presentado por los padres de dos chicos con autismo, a quienes les negaban los tratamientos necesarios para su estímulo y desarrollo.
Los fundamentos
Gonzáley Charvay presentó fundamentos para considerar nulo el veto presidencial centrándose en el carácter inconstitucional de la medida.
El magistrado argumentó además en el fallo que los afectados por la medida "son personas en situación de múltiple vulnerabilidad por su condición de niños y de personas con discapacidad (artículo 75 inciso23, Constitución Nacional), de lo que se desprende que sus derechos deben ser objeto de una protección especial".
También citó que el veto incumple con los compromisos asumidos en tratados internacionales con jerarquía constitucional, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención sobre los Derechos del Niño.
De a cuerdo a lo dispuesto por el juez, antes que el equilibrio fiscal, la prioridad debe ser salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad, cuestión totalmente ignorada en la medida tomada por el presidente Javier Milei.
Esto es en referencia al argumento del "equilibrio fiscal innegociable" derivado del Pacto de Mayo, al señalar que una política pública no puede contradecir obligaciones constitucionales y convencionales, especialmente cuando genera un resultado regresivo incompatible con el principio de progresividad en derechos humanos.
La situación de los niños y el ajuste de Milei
Ambos chicos tienen trastorno del espectro autista y asisten a dos colegios diferentes, y su familia había advertido a las autoridades las dificultades económicas que atravesaban por el ajuste del gobierno de Javier Milei.
Puntualmente, se refirieron a los bajos aranceles que cobran los profesionales a cargo de las terapias y los recortes en el servicio de transporte.
Con este fallo judicial, se abre la posibilidad de que muchas otras familias afectadas por el recorte del gobierno libertario presente acciones similares para garantizar los derechos de las personas a su cargo.
De todas maneras, al tratarse de un fallo de primera instancia, el Gobierno todavía puede apelar la medida.