Permisionarios de taxis y remises deberán mantener la higiene de las unidades

  En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza la Resolución N° 852-20 del Ente de la Movilidad Provincial (EMOP). La misma  establece que durante el plazo de 30 días a partir de la publicación de esta norma, prorrogables por 30 días más, los permisionarios de taxis… Continúa leyendo Permisionarios de taxis y remises deberán mantener la higiene de las unidades

En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza la Resolución N° 852-20 del Ente de la Movilidad Provincial (EMOP).

La misma  establece que durante el plazo de 30 días a partir de la publicación de esta norma, prorrogables por 30 días más, los permisionarios de taxis y remises de Mendoza deberán proveer a su personal de conducción de todos los medios idóneos, necesarios e indispensables para mantener la higiene de las unidades que prestan servicios.

Dichas unidades deberán ser sometidas a exhaustiva desinfección sobre superficies lisas con la utilización de lavandina diluida en agua en una proporción de 1 en 10, por lo menos dos veces al día ya sea en las terminales o en las paradas habilitadas al efecto. Deberán también proceder al lavado total de las unidades una vez al día.

Los propietarios de taxis y remises deberán proveer a su personal de elementos que faciliten la higiene de los mismos.

Los taxis y/o remises no podrán transportar personas como acompañantes en los asientos delanteros y deberán circular con ventanillas bajas, en la medida de lo posible, para facilitar la aireación de las unidades.

El Ente de la Movilidad Provincial verificará, en uso de sus facultades, el estricto cumplimiento de lo resuelto de manera permanente ya sea en la vía pública como así también en las paradas y talleres de revisión técnica, aplicando las sanciones previstas por el Artículo 67 de la Ley N° 7412, y sus modificatorias y complementarias, a quienes no den cumplimiento a lo aquí establecido.

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