Peligra el pago de las prestaciones de discapacidad

  La situación de las personas con discapacidad en nuestro país en el marco de la pandemia global, se ve doblemente afectada por algunas decisiones tomadas por las autoridades vinculadas a la temática a nivel nacional. Si bien se suspendieron oportunamente ?por criterios epidemiológicos, la prestaciones bajo la modalidad presencial, excepto aquellas que impliquen alojamiento… Continúa leyendo Peligra el pago de las prestaciones de discapacidad

La situación de las personas con discapacidad en nuestro país en el marco de la pandemia global, se ve doblemente afectada por algunas decisiones tomadas por las autoridades vinculadas a la temática a nivel nacional.

Si bien se suspendieron oportunamente ?por criterios epidemiológicos, la prestaciones bajo la modalidad presencial, excepto aquellas que impliquen alojamiento de personas con discapacidad? y con el objeto de no perjudicar las organizaciones del sector se decidió, no sin una gran movilización por parte de las mismas personas con discapacidad, sus familias y los prestadores de servicios, que las prestaciones brindadas mediante métodos a distancia, serían íntegramente pagadas por los entes financiadores del sistema.

Sin embargo, recientemente surgió una nueva disposición, que en contra de principios legales y del mismo sentido común, vino a cambiar las reglas del juego con efectos retroactivos.

Dado que en el  marco del Directorio de Prestaciones no se estableció una modalidad en particular para las prestaciones a distancia, cada institución diseñó e implementó actividades de teleasistencia, videollamadas, correo electrónico, etc. para dar respuesta a los concurrentes y sus familias.

Además para atender las necesidades de quienes no cuentan con dispositivos electrónicos, se elaboró material impreso que se hacía llegar periódicamente a las familias.

En cuanto a la prestación alimentaria, en su gran mayoría las instituciones optaron por la preparación de bolsones de alimentos que se repartían a las familias con una frecuencia acordada con ellas.

Con la nueva norma firmada por el Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad, cada institución que brinde prestaciones de alimentos y/o de entrega de material deberá hacerlo en forma diaria y no semanal.

Las instituciones deberán procurar la elaboración diaria de alimentos (con la consiguiente dotación de personal  para realizarlo) y ser entregados a los domicilios de cada concurrente todos los días en lugar de hacerlo dos o cuatro veces al mes,  debiendo para ello multiplicar la circulación de personas y vehículos, contradiciendo el espíritu del gobierno nacional de restringir a lo indispensable toda actividad que pueda realizarse de manera remota u organizada para optimizar las prestaciones tanto alimentarias como terapéutico-educativas.

Desde las distintas organizaciones que nuclean a quienes prestan el servicio de transporte para personas con discapacidad, han expresado que con esta normativa peligran miles de puestos de trabajo ya que tanto el PAMI como las obras sociales sólo pagarán por el período de aislamiento los traslados que efectivamente han podido realizar.

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