OSEP anuncia el pago a auxiliares.

La figura del asistente domiciliario se encuentra legislada en la Ley 24.901 de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, que prevé la obligación de los entes prestadores de cobertura social de brindar el servicio de asistencia domiciliaria, a cargo de personal específicamente capacitado para apoyar al afiliado y ?favorecer su vida autónoma, evitar su institucionalización… Continúa leyendo OSEP anuncia el pago a auxiliares.

La figura del asistente domiciliario se encuentra legislada en la Ley 24.901 de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, que prevé la obligación de los entes prestadores de cobertura social de brindar el servicio de asistencia domiciliaria, a cargo de personal específicamente capacitado para apoyar al afiliado y ?favorecer su vida autónoma, evitar su institucionalización o acortar los tiempos de internación?.

Se trata de una prestación que, pese a no estar incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO) ni en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, resulta muy valiosa para el asistido y su núcleo familiar, por cuanto le permite evitar la institucionalización.

Por la ley provincial 8.373 Mendoza adhiere a la ley de Prestaciones Básicas y la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) otorga un subsidio económico a sus afiliados para cubrir la prestación.

Ante la consulta de lectores de PORTADA.COM.AR preocupados por el atraso en el pago del subsidio, nos contactamos con autoridades de la OSEP, quienes nos informaron que en el transcurso de la próxima semana realizarán las correspondientes transferencias bancarias.

Recordamos que las personas que asisten a adultos mayores y personas con discapacidad se encuentran exceptuadas de la prohibición de circular en virtud del aislamiento social obligatorio por la pandemia del coronavirus. Desde la Obra Social enviaron a los correos electrónicos de los afiliados los permisos para la libre circulación de sus asistentes.

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