La brecha silenciosa: adicciones, salud pública y responsabilidad estatal en Argentina

Las adicciones no son un problema individual ni una falla moral: son una de las expresiones más profundas de la desigualdad y del abandono social. Cuando el Estado no garantiza prevención, tratamiento oportuno y acompañamiento comunitario, miles de personas quedan atrapadas entre el consumo, el estigma y la exclusión. La evidencia científica y las leyes existen; lo que falta es decisión política para financiarlas y hacerlas realidad. Reformar normas sin fortalecer la salud pública solo amplía la brecha entre los derechos escritos y la vida cotidiana de quienes más necesitan ayuda. Una sociedad se mide, también, por la forma en que acompaña a quienes atraviesan el sufrimiento y les ofrece una verdadera oportunidad para reconstruir su proyecto de vida.

Dr. Sergio Benaroya
Abogado UBA. Especializado en Familia, Niñez y Adolescencia, Genero, Responsabilidad Médica y Salud Mental. Diplomaturas en Psicopatología, Psicoanálisis, Autismo, Psicosis, IA, Criminología, Vínculos Patológicos, Sexología Clínica.

En las Américas, cerca de 18 millones de personas viven con trastornos por consumo de sustancias y solo una de cada doce recibe tratamiento, una brecha que la Organización Panamericana de la Salud ha identificado como uno de los principales desafíos sanitarios de la región. Esa advertencia es especialmente importante en Argentina, donde la evidencia muestra que solo una parte de las personas con problemas de consumo logra acceder a servicios formales de atención y apoyo. No se trata únicamente de una crisis sanitaria: también es una expresión concreta de desigualdad, fragmentación institucional y debilidad de las políticas públicas.

La brecha silenciosa: adicciones, salud pública y responsabilidad estatal en Argentina

Escribe: Dr. Sergio Benaroya

El escenario argentino presenta rasgos propios que agravan el problema. Los estudios nacionales del Observatorio Argentino de Drogas indican una alta prevalencia de consumo de alcohol y tabaco y una expansión sostenida del consumo de marihuana, cocaína y otras sustancias psicoactivas en los distintos grupos etarios. Simultáneamente, investigaciones académicas recientes advierten que la dependencia y las trayectorias de mayor daño se concentran con especial intensidad en sectores socialmente vulnerabilizados, donde el consumo se entrecruza con precariedad habitacional, exclusión educativa, economías ilegales y violencias múltiples. En ese cruce, las adicciones dejan de ser un fenómeno aislado para convertirse en un problema estructural de salud pública, cohesión social y derechos humanos.

La evidencia científica y la experiencia comparada son consistentes: los trastornos por consumo de sustancias son prevenibles y tratables. En el caso argentino, esa constatación no tiene solo valor clínico, sino también fuerza jurídica. La Ley Nacional de Salud Mental 26.657 reconoce los problemas de salud mental y el consumo problemático de sustancias. Tiene un enfoque de atención integral, comunitaria e interdisciplinaria, que se centra en la dignidad de las personas y en la protección de sus derechos. Además, la Ley 26.934 sobre el tratamiento de problemas de consumo impone deberes claros al sistema público, las obras sociales y las empresas de medicina prepaga para asegurar cobertura y tratamiento. Por eso, cuando el acceso real no se materializa, la cuestión deja de ser una mera insuficiencia administrativa y pasa a rozar el terreno de la responsabilidad estatal.

La brecha silenciosa: adicciones, salud pública y responsabilidad estatal en Argentina

En este punto, fortalecer la atención primaria de la salud aparece como una condición indispensable. El Plan Nacional de Salud Mental 2023-2027, aprobado por el Ministerio de Salud, reafirma la necesidad de consolidar un modelo comunitario, federal e interdisciplinario, con eje en el primer nivel de atención y en la articulación territorial de servicios. Ese enfoque es especialmente relevante para las adicciones, porque permite detectar tempranamente consumos riesgosos, intervenir antes de la cronificación y acercar respuestas sanitarias a poblaciones que, de otro modo, quedan afuera del sistema. La prevención y el tratamiento no pueden depender de dispositivos aislados o concentrados en grandes centros urbanos; requieren redes comunitarias, equipos capacitados y continuidad en los procesos de recuperación.

Pero el abordaje no puede agotarse en el sistema de salud. La prevención exige reconocer que el consumo problemático se nutre de determinantes sociales persistentes: pobreza, deserción escolar, desempleo juvenil, violencias, falta de proyecto vital y debilitamiento de los lazos comunitarios. Invertir en prevención supone entonces mucho más que campañas informativas; implica construir políticas intersectoriales sostenidas en escuelas, clubes, centros de salud,espacios comunitarios y programas de acompañamiento familiar. Allí se juega una parte central de la respuesta, especialmente cuando el avance de sustancias sintéticas y mercados cada vez más flexibles amplifica los riesgos entre adolescentes y jóvenes.

La brecha silenciosa: adicciones, salud pública y responsabilidad estatal en Argentina

Otro eje ineludible es la reducción del estigma, que no es una categoría abstracta: actúa como una barrera concreta para pedir ayuda, sostener un tratamiento e incluso ser recibido dignamente por las instituciones. Revertirlo exige un cambio cultural, normativo e institucional que ubique a la persona como sujeto de derecho.

Y en Argentina, el debate se encuentra atravesado por una discusión normativa de alta sensibilidad. En 2026, el Gobierno nacional anunció y luego envió al Congreso un proyecto para modificar la Ley Nacional de Salud Mental, con el argumento de actualizar la norma de 2010 y mejorar la capacidad de respuesta frente a situaciones de riesgo. El texto ya se encuentra en debate parlamentario,con tratamiento en comisiones y exposición de especialistas, pero no ha sido aprobado hasta el momento. Según la información oficial y los análisis doctrinarios publicados, entre los puntos en discusión aparecen la reformulación terminológica de la ley y la reafirmación de las adicciones dentro del campo de la salud mental. En materia de adicciones, las reformas no son menores:cualquier alteración en el régimen de internaciones, en la excepcionalidad de los dispositivos cerrados o en la centralidad del abordaje comunitario puede modificar de manera profunda la forma en la que el Estado responde a los consumos problemáticos.

Desde la perspectiva de derechos humanos, el proyecto de reforma debe ser leído a la luz del entramado normativo que la propia Argentina reconoce. Esto incluye la Ley 26.657, la Ley de Derechos del Paciente 26.529, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y las Declaraciones de Caracas y los Principios de Brasilia sobre atención en salud mental. Estos instrumentos crean un estándar claro: la internación debe ser una excepción, durar lo menos posible, estar bajo un control judicial riguroso y, lo que más importa, ser parte de un modelo comunitario que promueva la vida en comunidad y el acceso a opciones abiertas. En este contexto, los cambios sugeridos que permiten más internaciones involuntarias enfatizan la imnportancia de la decisión médica y psiquiátrica, y mueven la atención hacia la responsabilidad familiar. Sin embargo, esto ocurre sin una garantía de financiamiento y sin expandir la red de servicios comunitarios, lo que crea un claro riesgo de retroceso. En el campo de las adicciones, ese riesgo se traduce en la posibilidad de que, frente a consumos problemáticos complejos, se vuelva a privilegiar el encierro sobre la construcción de estrategias de cuidado territorial. Esto contraviene la orientación que el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y otros órganos internacionales han señalado como condición para un abordaje respetuoso de la autonomía, la dignidad y la inclusión social.

A esta tensión se suma otra no menos grave: la persistencia de recortes y subejecución presupuestaria en salud mental y adicciones. Diversos informes y coberturas periodísticas han advertido que, pese a que la Ley 26.657 fijó como horizonte una asignación mínima del 10% del presupuesto total de salud para el área, la inversión efectiva se mantuvo históricamente muy por debajo de ese umbral. En distintos momentos cayó incluso por debajo del 2%. En los últimos años, organizaciones e instituciones especializadas han informado sobre nuevas reducciones, subejecuciones y problemas en programas nacionales. Esto incluye los servicios que dependen de SEDRONAR y los servicios comunitarios que ayudan a personas con consumos problemáticos. En términos prácticos, esto significa menos equipos y tratamientos disponibles, más discontinuidades y mayor sobrecarga para familias y redes locales que intentan suplir la ausencia estatal.

La contradicción es evidente. No es serio decir que hay que modernizar la respuesta legal a los problemas de salud mental y las adicciones, mientras se perjudican las condiciones necesarias para ofrecer una atención digna, rápida y basada en pruebas.

Sin financiamiento suficiente, dispositivos territoriales y recursos humanos formados, cualquier reforma corre el riesgo de convertirse en una reconfiguración meramente discursiva, incapaz de cerrar la brecha de tratamiento que hoy deja a miles de personas sin respuesta adecuada. El derecho a la salud mental y al tratamiento de las adicciones no se garantiza con declaraciones, sino con presupuesto, planificación y control efectivo de cumplimiento.

Por eso, el llamado regional a invertir en prevención, reducir el estigma y garantizar acceso a atención de calidad debe traducirse en Argentina en decisiones concretas y verificables. La primera de ellas es sostener y ampliar el modelo comunitario previsto por la ley vigente, con fortalecimiento real de la atención primaria y de las redes territoriales. La segunda es abrir cualquier debate de reforma legislativa desde una deliberación pública seria, con participación de usuarios, familias, trabajadores, académicos y organizaciones de derechos humanos.  La tercera, quizás la más urgente, es revertir el ajuste y priorizar presupuestariamente un área donde cada omisión estatal se traduce en sufrimiento evitable, exclusión y pérdida de oportunidades de recuperación. Cerrar la brecha de tratamiento no es una utopía. La evidencia existe, el marco normativo también y la necesidad social es indiscutible. Lo decisivo es si Argentina elegirá profundizar una política pública de cuidado, inclusión y derechos, o si avanzará hacia reformas regresivas en un contexto de desfinanciamiento que vuelva aún más inaccesible la asistencia para quienes atraviesan consumos problemáticos. En esa disyuntiva se juega no solo el futuro de la política de salud mental, sino también la capacidad del Estado de responder humanamente a una de las formas más agudas de la vulnerabilidad contemporánea.

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