Grooming y femicidio: dos casos que exponen la misma falla del Estado
El asesinato de Mercedes Errapán en Junín, tras denunciar grooming contra su hija, dialoga dolorosamente con el femicidio de la mendocina Florencia Romano. En ambos, las alertas estaban, pero el sistema de protección no estuvo a la altura.
El femicidio de Mercedes Errapán en Junín y el de Florencia Romano en Mendoza muestran cómo el grooming funciona como antesala del asesinato en ambos casos y cómo las alertas previas fueron subestimadas por el Estado. La falta de medidas de protección efectivas, la inacción del 911 y una deficiente evaluación del riesgo muestran un problema serio en el sistema de protección, lo que transforma oportunidades para prevenir en tragedias que ya ocurrieron.
El femicidio de Mercedes Errapán, en la ciudad bonaerense de Junín, vuelve a poner en escena una trama conocida y, sin embargo, no resuelta: cuando las mujeres denuncian, el Estado escucha a medias.
Mercedes, embarazada de entre 22 y 24 semanas -cinco meses y medio aproximadamente-, fue asesinada en la madrugada del 8 de julio dentro de su casa de la calle Del Valle Ibarlucea. El informe preliminar de la autopsia confirmó que murió como consecuencia de múltiples heridas de arma blanca y un grave golpe contundente en la cabeza, no por un disparo, como se dijo en un primer momento.
Mercedes Errapán fue asesinada en la ciudad bonaerense de Junín.
El principal acusado es Sebastián Daniel Bonafé, de 32 años, padrino de la hija de siete años de Mercedes, quien luego del crimen secuestró a la niña y fue detenido en un cañaveral de Pergamino gracias a la activación de la Alerta Sofía.
La fiscal Fernanda Sánchez lo imputó por femicidio agravado, aborto y secuestro coactivo. Bonafé se negó a declarar, fue trasladado a una unidad penal y la causa se instruye con la hipótesis de que el ataque fue una represalia directa frente a la decisión de Mercedes de denunciarlo.
Lo que vuelve especialmente grave este caso es el contexto previo. Mercedes había denunciado a Bonafé por grooming y abuso: lo acusó de filmar y fotografiar a su hija desnuda mientras se bañaba y de sostener conductas sexualizadas frente a la niña. Esa denuncia motivó que, el viernes 3 de julio, la Policía Federal allanara la casa del imputado.
El procedimiento no encontró de inmediato dispositivos con material explícito, pero marcó un punto sin retorno en la relación. La fiscalía ahora investiga el femicidio como un acto en represalia por esa denuncia y ese allanamiento. Es decir, el grooming funciona como antecedente y como móvil del asesinato.
En los allanamientos posteriores al femicidio, la investigación halló cuatro cartas manuscritas escritas por Bonafé. En ellas detalla su plan de fuga, modifica la fecha prevista para el ataque y admite de manera cruda el riesgo extremo que representaba para la niña: "Si la Policía me encuentra, mato a la nena".
Estas cartas no solo revelan premeditación; muestran que el agresor sabía que estaba siendo investigado y que, frente a la presencia policial, su respuesta no sería entregarse, sino profundizar la violencia.
A Florencia la mataron luego de un encuentro pactado en ese escenario de engaño y ciberacoso.
Este guion nos resulta tristemente familiar en Mendoza. En diciembre de 2020, la adolescente Florencia Romano, de 14 años, fue asesinada e incinerada en Maipú después de ser captada por redes sociales por un hombre adulto, Pablo Ramón Arancibia, que utilizaba Instagram para contactar chicas con promesas de alcohol y dinero.
A Florencia la mataron luego de un encuentro pactado en ese escenario de engaño y ciberacoso. El grooming fue, en su caso, el modo de acceso del agresor a la víctima: la puerta digital que se convierte en un callejón físico sin salida.
La comparación entre ambos casos no es un recurso retórico: sirve para ver, con crudeza, cómo la ineficacia del Estado para leer las alertas se repite en distintos territorios y con distintos perfiles de víctima.
En Junín, el grooming y la denuncia se dirigían principalmente a proteger a la niña de siete años; la madre se convierte en víctima del femicidio por atreverse a activar el sistema penal contra el padrino. En Maipú, Florencia es la destinataria directa del acoso digital y quien paga con su vida la desatención de ese riesgo.
Las similitudes son contundentes. En los dos casos había señales previas sobre la peligrosidad de los agresores. En Junín, denuncias de violencia y amenazas desde años anteriores, más la denuncia por grooming y el allanamiento ordenado por la fiscalía. En Mendoza, antecedentes sobre Arancibia y, sobre todo, un vecino que llamó al 911 para advertir gritos y ruidos de violencia en la casa donde estaba Florencia.
En los dos casos, el sistema de protección subestimó el riesgo. En Junín, a pesar de la denuncia por grooming, de la orden de restricción y del allanamiento, no se adoptaron medidas cautelares efectivas que impidieran a Bonafé entrar a la casa de Mercedes; el agresor mantuvo acceso al hogar de la víctima. En Mendoza, una operadora del 911 desoyó el llamado, lo minimizó y cortó, sin enviar un móvil ni activar protocolo alguno.
La respuesta judicial posterior también marca un contraste que vale la pena subrayar. En el caso Romano, Arancibia fue sentenciado a prisión perpetua en un juicio abreviado en el que admitió el femicidio. La justicia civil también reconoció que el Estado de Mendoza era responsable por el mal funcionamiento del sistema de emergencias, y ordenó pagar una indemnización a la familia. El fallo fue claro en un punto: la operadora policial desestimó de forma negligente la alerta de un vecino y, si los servicios de emergencia hubieran actuado como correspondía enviando al patrullero que estaba en la zona, la vida de Florencia podría haberse salvado.
En el caso Errapán, el proceso recién comienza. Bonafé está detenido, se investiga la conexión entre grooming, planificación y femicidio, y la imputación incluye aborto y secuestro coactivo. Sin embargo, todavía no existe un reconocimiento institucional de la responsabilidad estatal por no haber protegido a Mercedes y a su hija cuando el riesgo era ya evidente.
Si miramos estos dos expedientes en espejo, la pregunta no es solo qué hicieron los agresores, sino qué no hizo el Estado. El grooming está tipificado como delito contra la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes y se lo describe, en la normativa y en las campañas oficiales, como una forma de abuso sexual infantil. Se recomienda denunciar ante fiscalías, acudir a líneas de atención y activar redes de protección.
Sin embargo, estas recomendaciones coexisten con prácticas de las instituciones que ven el grooming como un problema de "redes" o de "ciberacoso" menor, y no como lo que es: una señal temprana de un riesgo alto, que puede llevar a femicidios si se pasan por alto las señales.
En Junín, tras el allanamiento del 3 de julio derivado de la denuncia de Mercedes, la combinación de factores -un adulto con antecedentes, padrino de la niña, acceso al hogar y con una conducta de abuso como filmar a una persona menor en el baño- exigía un abordaje inmediato de máximo riesgo: detención preventiva, prohibición efectiva de acercamiento y dispositivos de alerta en articulación estrecha con equipos de niñez. La ausencia de estas medidas de protección efectivas permitió que el mismo hombre volviera a entrar a la casa pocos días después y cumpliera su plan de manera impune
En Mendoza, el llamado al 911 era la oportunidad concreta para salvar la vida de Florencia. La inacción del sistema, hoy reconocida judicialmente, demuestra que no basta con tener leyes y protocolos si quienes los operan no están formados ni sensibilizados para entender que cada alerta puede ser la última.
Mirada criminológica
1. Perfil del agresor y dinámica de riesgo
En ambos casos se observa un varón adulto que combina conductas de violencia de género y violencia sexual hacia niñas/adolescentes, con uso instrumental de la tecnología (redes, dispositivos) para acceder a las víctimas o su entorno.
El grooming opera como fase de captación y control: construcción de confianza, manipulación, acceso a imágenes o al cuerpo de la víctima, y luego escalamiento hacia violencia física letal cuando aparece la denuncia o la resistencia.
2. Grooming como antesala del femicidio
Estudios criminológicos sobre grooming muestran que el objetivo no es solo la obtención de material sexual, sino muchas veces la preparación de un encuentro presencial, donde el riesgo de abuso y femicidio se dispara. En el caso de Junín, el grooming se dirige a la niña y el femicidio se activa cuando la madre (Mercedes) denuncia; en Florencia, el grooming se dirige a la adolescente y el femicidio se produce en el encuentro. En términos criminológicos, en ambos casos el grooming es un precursor de violencia extrema y un indicador de peligrosidad, no un "delito menor" aislado.
3. Estructura de oportunidad y rutina
Desde la teoría de las actividades rutinarias, los agresores se aprovechan de entornos cotidianos poco vigilados: el hogar, las redes sociales, la relación de padrino, la confianza de la familia, la ausencia de control estatal eficaz.
El Estado, al mantener esa estructura de oportunidad -sin detención, sin control posterior al allanamiento, sin respuesta a la llamada al 911-, permite al agresor ejecutar su plan sin interferencias significativas.
4. Fallas de protección como factor criminógeno
La criminología crítica y la perspectiva de género destacan que la falta de acción del Estado es un factor que genera crimen. Ignorar o restarle importancia a la violencia previa, al grooming y a las alertas aumenta la posibilidad de que la situación termine en tragedia.
En Florencia, se reconoció en un juicio que la "inoperancia del 911" es una razón significativa para el femicidio. En Mercedes, no se han tomado medidas efectivas para limitar y proteger a las personas después de una denuncia por grooming. Esto muestra un patrón similar, aunque todavía no ha sido oficializado en un tribunal civil o internacional.
5. Tipología de femicidio y contexto
Los informes sobre femicidios distinguen casos "íntimos" (de parejas o exparejas) y otros en contextos no íntimos vinculados a violencia sexual y "delitos predatorios"; los casos con grooming se ubican muchas veces en este último grupo, con un elevado componente de planificación y cosificación de la víctima. El análisis de Junín y Mendoza muestra un híbrido. No se trata de relaciones de pareja tradicionales, sino de agresores que explotan un vínculo de confianza o proximidad (el rol de padrino en un caso, el contacto digital reiterado en el otro), exhibiendo un claro desprecio hacia la autonomía y la vida de las víctimas, lo que encaja de forma precisa en la categoría de femicidios por motivos de género.
Reflexionemos: no alcanza con indignarse cada vez que un femicidio sacude la agenda. Es tiempo de discutir, con crudeza, cómo vamos a reformar nuestros sistemas de denuncia, nuestras líneas de emergencia y nuestras fiscalías para que el grooming y las alertas explícitas activen automáticamente protocolos de máximo riesgo. De lo contrario, seguiremos escribiendo editoriales que repiten los mismos nombres, las mismas fallas y los mismos duelos.








