La justicia ordenó suspender medidas de la IGJ de Nissen y 30.000 SAS

Luego de cuatro meses, la justicia se pronunció sobre el amparo elevado por algunos dueños de la figura legal S.A.S., en contra de diversas resoluciones de la IGJ (Inspección General de Justicia) El titular de la IGJ, Ricardo Nissen, tiene una opinión contraria a las SAS pero la justicia le ordenar respetar la institucionalidad. La… Continúa leyendo La justicia ordenó suspender medidas de la IGJ de Nissen y 30.000 SAS

Luego de cuatro meses, la justicia se pronunció sobre el amparo elevado por algunos dueños de la figura legal S.A.S., en contra de diversas resoluciones de la IGJ (Inspección General de Justicia)

El titular de la IGJ, Ricardo Nissen, tiene una opinión contraria a las SAS pero la justicia le ordenar respetar la institucionalidad.

La Justicia declaró inconstitucionales las medidas tomadas por la Inspección General de Justicia (IGJ), a cargo de Ricardo Nissen, quien suspendió a las SAS (Sociedades por Acciones Simplificadas) la posibilidad de inscribirse de manera on line, uno de los principios que se habían establecido en la ley aprobada en 2017. Así lo decidió el juzgado comercial 24, secretaría 48, a cargo de Horacio Robledo quien ordenó suspender siete resoluciones generales dictadas por la IGJ y publicadas en el Boletín Oficial entre marzo y mayo de este año, además de la resolución general 4/2020 del organismo firmada el pasado 26 de febrero. Ordena, a su vez, restablecer el régimen reglamentario vigente antes de las determinaciones tomadas por Nissen.

Con esta determinación, a partir de este mismo jueves la IGJ debería habilitar nuevamente la inscripción on line de las SAS, tal como se estableció en la ley 27.349.

Además, se debería volver todo a como era antes de la asunción de Ricardo Nissen. No solo la inscripción online sino que la IGJ no podría exigir otros requisitos mas allá de los que impone la ley.

Esta decisión afectó a más de 30.000 SAS que, en plena pandemia, debían reinscribirse en 90 días en formato papel ante el organismo para subsanar la deficiencia legal en que estaban incurriendo de acuerdo a las disposiciones establecidas por el organismo y que, ahora, la justicia declaró «inconstitucionales».

Cabe aclarar que si bien Mendoza no se vio afectada en su momento, dado que aquí intervine la Dirección de Personas Jurídicas dependiente del ministerio de Gobierno de la Provincia, a veces las resoluciones emanadas de esta dirección eran reflejo de la IGJ, por lo cual muchas consultas de dueños de S.A.S. en Mendoza al respecto del alcance de las resoluciones de Buenos Aires, dieron cierto pánico en su momento.

Lo cierto es que la justicia se expresó, y la Impacción General de Justicia debe volver atrás la determinación de suspender la inscripción de las sociedades anónimas simplificadas, las cuales son herramientas muy agiles a la hora de invertir en una actividad económica empresarial. Aquí en Mendoza la Ley que las ampara es la 9002/20.

 

 

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