Injusta Justicia

Denuncian esterilizaciones a mujeres con discapacidad, la campaña injusta justicia que impulsan varias asociaciones y observatorios de derechos de personas con discapacidad, promueven la modificación de los artículos 2 y 3 de la ley 26.130, como un paso fundamental para erradicar estas prácticas.   En nuestro pais son muchas las personas con discapacidad que son… Continúa leyendo Injusta Justicia

Denuncian esterilizaciones a mujeres con discapacidad, la campaña injusta justicia que impulsan varias asociaciones y observatorios de derechos de personas con discapacidad, promueven la modificación de los artículos 2 y 3 de la ley 26.130, como un paso fundamental para erradicar estas prácticas.

 

En nuestro pais son muchas las personas con discapacidad que son o fueron sometidas a esterilizaciones forzadas y no consensuadas. Esta practica lo sufren mas las mujeres con discapacidad, la ley 26.130 establece que se trata de un método anticonceptivo que, como cualquier otro, debe ser elegido por la persona, con o sin discapacidad, que lo va a emplear, y que debe dar su consentimiento informado, y el artículo 2 de la norma sólo habilita a personas sin restricción judicial de la capacidad jurídica, y mayores de edad, a dar el consentimiento para las esterilizaciones. Si la persona fue declarada incapaz judicialmente, la práctica debe ser solicitada por su representante legal y autorizada por el Poder Judicial, esto lesiona el derecho de las personas con discapacidad a una vida libre de violencias basada en género, y a mantener su fertilidad en igualdad de condiciones con las demás personas, esto según la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Sofía Minieri, de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) explica: «En Argentina hemos tenido varios casos de esterilizaciones ordenadas por la justicia, donde el consentimiento es dado por la familia, muchas veces producto de una información que reciben de manera sesgada».

La iniciativa #BastaDeEsterilizacionesForzadas, que impulsan la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), CLADEM Argentina, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), FUSA Asociación Civil y la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), en el marco del ?Proyecto DeSeAr con inclusión?, promueve la modificación de los artículos 2 y 3 de la ley. Cualquiera sea la justificación, se argumenta que la esterilización forzada o no consensuada se realiza por el propio bien de la persona, Pero, además, la ley vigente tampoco es efectiva para prevenir situaciones en las que se esteriliza a personas con discapacidad sin su consentimiento, ya que no contempla sistemas de apoyo para la toma de decisiones autónomas ni salvaguardas para evitar la sustitución de la voluntad.

 

Los efectos de una esterilización forzada.

(por Marcelo Gil).

Una multitud de notificaciones de la escuela especial la catalogaba de ?ingobernable?. Cuando pasó una noche afuera sin avisar la institución le exigió a los padres una disciplina, que se hicieran cargo porque la expulsión estaba cerca.

Poco después de unos análisis clínicos, en silencio y sin explicación, llegó una ?laparoscopía?, según se decía. Maestras, supervisoras y directoras sabían que le había ligado las trompas.

Si entendemos esta intervención como represiva vamos a pensar que la operación quitó la posibilidad de gestar, de quedar embarazada que era el mayor fantasma con el que la institución asustaba al padre y la madre de ella. Y que por otra parte ella tendría más libertad y menos control a la hora de sus salidas, vínculos e intercambios sexuales.

Pero estas intervenciones sobre los cuerpos no solo lo mutilan, sino que con mucha mayor eficacia transforman la vida, el futuro, los modos de relacionarse y de ser de la persona operada. Y también disciplinan a los familiares y confirman el poder institucional sobre cuerpos a través de la sexualidad, pero también reteniendo en la discapacitación.

Por ejemplo, años después una terapista ocupacional se encarga de guiarla en actividades que se consideraban reafirmadoras del género, como maquillarse, teñirse el pelo, ir a comprarse ropa, pintarse las uñas. porque se entendía que su descuido personal era evidencia de una des-generización y que ejercitarse en esos cuidados iba a reforzar su identidad. Sin embargo, detrás de estas palabras y convencionalismos estaban los mismos intereses institucionales, esta vez tomando los roles de género para repetir una operación de adiestramiento y adecuación que moldeaba en ella un carácter sumiso ?la que debe agradar?.

Nuevamente esta intervención sería para dar autonomía, pero entendida en el marco heteronormativo, profundizaba el debilitamiento de su personalidad.

Así, muy resumidamente, es como ella se ubica en una pareja estable, un compañero (también formado en la misma institución, como debe ser) que funciona como un peón que la pone constantemente en jaque, muy celoso, amenazante y potencialmente agresivo, entendiendo que aquella operación que le hicieron (y de la que él sabía) le otorgaba privilegios sobre su cuerpo, sus libertades, sus movimientos y hasta las más insignificantes actividades de la vida diaria.

Quiero rescatar que aquello que la escuela, la institución, profesionales y supervisores llamaban ?discapacidad?, como algo particular de ella, fue y espero que siga siendo, lo que potencialmente siempre desestabilizó a estas intervenciones que querían hacer de ella un producto de sus miedos.

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