Piden reformar ley para evitar las «esterilizaciones forzadas a personas con discapacidad
«Son un método anticonceptivo que, como cualquier otro, debe ser elegido por la persona -con o sin discapacidad- que lo va a usar, quien debe brindar el consentimiento informado», explicaron organizaciones que defienden los derechos de las personas con discapacidad en un comunicado. Con el lema «Basta de esterilizaciones forzadas», un grupo de organizaciones de… Continúa leyendo Piden reformar ley para evitar las «esterilizaciones forzadas a personas con discapacidad
«Son un método anticonceptivo que, como cualquier otro, debe ser elegido por la persona -con o sin discapacidad- que lo va a usar, quien debe brindar el consentimiento informado», explicaron organizaciones que defienden los derechos de las personas con discapacidad en un comunicado.
Con el lema «Basta de esterilizaciones forzadas», un grupo de organizaciones de derechos humanos lanzaron una campaña para que se reforme la ley 26.130 como «un paso fundamental para erradicar estas prácticas» en personas con discapacidad, que son sometidas a ligaduras de trompas o vasectomías «sin consentimiento o siquiera conocimiento» porque esta norma «lo avala o no resulta efectiva para impedirlo».
«Conocemos muchos casos, como el de una mujer sorda adulta que quería tener hijos y no podía, y cuando se hizo los estudios de fertilidad recién tomó conocimiento que había sido esterilizada en la adolescencia ¡Imaginate la convulsión emocional!», contó a Télam Carolina Buceta, integrante de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI).
La reforma de esta ley fue recomendada en 2012 por el Comité de la ONU que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en su último informe sobre Argentina manifestó «su preocupación por la existencia de prácticas de esterilización sin su consentimiento libre e informado», al tiempo que exhorta a modificar también el artículo 86 del Código Penal y a «ofrecer los apoyos necesarios a las mujeres sometidas a un régimen de tutela o curatela para que sean ellas mismas las que den su consentimiento informado».
La iniciativa lanzada esta semana por REDI, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Cladem Argentina, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), FUSA Asociación Civil y la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) plantea la reforma de los artículos 2 y 3 de la Ley 26.130 que establece el «Régimen Para las Intervenciones de Contracepción Quirúrgica» (2006).
«Cuando estaba embarazada de mi hija tan buscada, recuerdo que una mujer que me ayudó a cruzar la calle me tocó la panza y me preguntó ‘¿quién fue el malnacido que te hizo esto?’ Fue muy desagradable», contó a Télam María G., que es ciega
Estos artículos establecen que estas prácticas «están autorizadas para toda persona capaz y mayor de edad que lo requiera formalmente, siendo requisito previo inexcusable que otorgue su consentimiento informado» sin necesidad de una autorización judicial, «excepto cuando se tratare de una persona declarada judicialmente incapaz».
«Las esterilizaciones son un método anticonceptivo que, como cualquier otro, debe ser elegido por la persona -con o sin discapacidad- que lo va a usar, quien debe brindar el consentimiento informado», explicaron las organizaciones en un comunicado.
Y éste nunca puede ser eludido o reemplazado por «el consentimiento o asentimiento de terceras personas -tales como familiares de la persona con discapacidad-o una autorización judicial».
«Sin embargo, el artículo 2 de la Ley 26.130 solo habilita a las personas sin restricción judicial de la capacidad jurídica y a mayores de edad a dar su consentimiento para las esterilizaciones, y si la persona fue declarada incapaz en sede judicial, la práctica debe ser solicitada por su representante legal y autorizada por el Poder Judicial», dijeron.
«Esto habilita a una sustitución de la voluntad de la persona con discapacidad, lo cual vulnera derechos consagrados en la Convención, como el derecho a la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia basada en el género, a la no discriminación, a decidir el número de hijos y a mantener la fertilidad en igualdad de condiciones», dijo a Télam Dominique Steinbrecher, abogada de ACIJ.
La coalición cuestiona que «la Ley 26.130 tampoco resulta efectiva para prevenir situaciones en las que se esteriliza a personas con discapacidad sin su consentimiento» o aquellos casos en que «la persona con discapacidad brinda un consentimiento viciado, por ejemplo porque se la induce a aceptar la práctica en base a información sesgada».
Por su parte, Buceta explicó que «no existen estadísticas porque estas esterilizaciones suelen darse en la clandestinidad», dado que, en muchos casos, además de no contar con el consentimiento de la persona con discapacidad más allá de su capacidad, incluso «se hace en menores de edad».
«Sobre todo en el caso de mujeres y otros cuerpos gestantes con discapacidad intelectual, auditiva y psicosocial, sucede que ‘convenian’ esta intervención entre los profesionales y los familiares, sin decirle nada a la persona», dijo.
La activista aclaró que «no nos oponemos a este tipo de intervenciones de anticoncepción quirúrgica, siempre que sea elegido por la propia persona» pero, al ser irreversible, ésta «tiene que saber cuáles son las consecuencias» antes de tomar la decisión y para ello necesita contar con «los apoyos adecuados que le permitan comprenderlo», agregó.
«Y en el caso que la persona no pueda conectarse con el mundo, que los apoyos que se han puesto en funcionamiento no han mostrado su efectividad y no está en riesgo su vida -como puede llegar a ocurrir en una perforación de útero- no hay ninguna necesitad de efectivizar la intervención quirúrgica», agregó.
Buceta explicó que si estas esterilizaciones forzadas son «aceptadas socialmente», es porque se basan en una serie de prejuicios «paternalistas e incluso eugenésicos».
Es que habitualmente pero sin ningún fundamento, se considera que las personas con discapacidad «no pueden maternar» o que no pueden vivir plena y responsablemente su sexualidad porque «son asexuadas o tienen una sexualidad descontrolada» o que «podrían tener un hijo con discapacidad, lo que sería un problema».
«En relación a las violaciones, no es necesario la esterilización de la persona como protección sino la prevención del abuso en sí; pero este tipo de argumentos corren el foco para incurrir en una práctica que vulnera sus derechos para prevenir otro atropello», agregó Steinbrecher
Y esos prejuicios atraviesan no sólo estas prácticas, sino los vínculos y la vida cotidiana de estas personas.
La diputada chaqueña del FPV-PJ, Lucila Masin, presentó el año pasado un proyecto de ley para modificar no solo la ley 26.130 sino también la 17.132 de ejercicio de la medicina en consonancia con lo reclamado por estas organizaciones, que fue girado a las comisiones de Discapacidad y Salud Pública.
Fuente: Telám