ENAJENACIÓN DE BIENES

Campo de Los Andes y la Argentina de Sísifo, el riesgo de entregar todo de nuevo

La Fundación Pedemonte elaboró un documento en el que advierten sobre las pretensiones de avanzar nuevamente sobre territorio de frontera y exhortan para repetir la experiencia de Campo de Los Andes

Desde la Fundación Pedemonte advierten sobre el Decreto 950/24 que habilita la enajenación de territorio estratégico

Esta ONG cuenta entre sus méritos haber detenido la mercantilización de terrenos comprendidos en Tunuyán, cuando también en la gestión de Macri se propusieron darle destinos inmobiliarios a Campo de Los Andes, un lugar estratégico y emblemático que comparten desde hace años el Ejército de la Nación y pequeños productores

Otra vez 

Tal como en el Mito de Sísifo, Argentina parece empecinada en un destino de avance cero, como aquél personaje que sube con dificultad una gran roca hasta la cima, que de inmediato vuelve a precipitarse y su condena es llevarla hasta lo más alto, para reiterar la acción. La creación de la Agencia que sustituyó a la ONABE, Organismo nacional para administrar los bienes del Estado ociosos, sirvió para recuperar terrenos y bienes de capital, pero desde 2016 durante la gestión Macri se utilizó para vender a precio vil parte de ese patrimonio y desatender posibles usos para el bien social y para la defensa. Luego de considerar congelado ese proceso, entre 2020 y 2023, nuevamente un Decreto activa esta opción: (decreto 950/2024) 

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

  • ARTÍCULO 1°.- La AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO impulsará los procedimientos de enajenación de los inmuebles del ESTADO NACIONAL objeto de los Decretos Nros. 952/16, 1064/16, 1173/16, 225/17, 928/17, 355/18, 1088/18, 345/19 y 518/19 y de las Decisiones Administrativas Nros. 249/18, 24/19, 317/19 y 610/19 que no hubieran sido enajenados a la fecha de entrada en vigencia del presente.

Exclúyense de los inmuebles alcanzados por la presente medida a:

  • a) los establecimientos militares identificados como: "GENERAL PAZ", sito en Estación El Retiro S/N°, Localidad de ORDÓÑEZ, Departamento UNIÓN, Provincia de CÓRDOBA; "TENIENTE GENERAL CÁCERES", sito en La María Isabel S/N°, Localidad y Departamento SANTO TOMÉ, Provincia de CORRIENTES y "CAMPO LOS ANDES", sito en Ruta Provincial N° 92 S/N°, Localidad de CAMPO LOS ANDES, Departamento TUNUYÁN, Provincia de MENDOZA;
  • b) los que se encuentran situados fuera del territorio del país; y
  • c) los que se encuentran irrevocablemente comprometidos, o que habiendo sido enajenados, su dominio se hubiere revertido a favor del ESTADO NACIONAL.

           ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE                    BIENES DEL ESTADO, en los términos del artículo 45 del ANEXO del                    Decreto Nº 2670 del 1º de diciembre de 2015 y sus modificatorios, a                      disponer, enajenar y/o transferir los inmuebles del ESTADO NACIONAL                que se detallan en el ANEXO (IF-2024-104278637-APN-AABE#JGM), que            forma parte integrante del presente decreto.

          ARTÍCULO 3°.- Considéranse pasibles de desafectación, en los términos              del CAPÍTULO VII del ANEXO del Decreto N° 2670 del 1º de diciembre de            2015 y sus modificatorios, a los inmuebles objeto de la presente medida.

           ARTÍCULO 4°.- La AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL                   ESTADO deberá promover la realización de los estudios técnicos, las                     regularizaciones, las adecuaciones, delimitaciones y desafectaciones que             resulten necesarias para hacer efectiva la disposición de bienes aquí                     ordenada.

           ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su                       publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

           ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN                         NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Guillermo Francos

Riqueza geológica, ambiental, cultural y social 

Como se puede leer en el Comunicado de la Fundación Pedemonte, mediante este decreto de La Libertad Avanza, en Mendoza se impulsa la enajenación de dos extensos territorios, ambos estratégicos por su condición fronteriza y de vasta riqueza económica. En la margen Sur del Río Tunuyán, Estancia El Yaucha ; en Malargüe : Campo Potreros de Cordillera, también conocido como El Azufre, adonde se proyecta un complejo níveo que, según interpretan desde la Fundación Pedemonte, esconde otras intenciones que no responden a un emprendimiento turístico

Defensa posible, una exhortación necesaria

La Fundación Pedemonte, cuando la gestión Macri se propuso enajenar  Campo de Los Andes y desmilitarizar esa sensible zona de frontera con Chile, consiguió el involucramiento de distintos sectores, y obtuvieron la medida cautelar ante la Justicia que frenó aquellos propósitos. La consecuencia de esa patriada fue que hoy Campo de Los Andes quede excluido en este nuevo afán privatizador, sin embargo, van por territorio colindante, por eso el documento y el llamado a la comunidad. El texto completo puede leerse aquí: 

Campo de Los Andes en los planes de enajenación

Cuando la historia es implacable

Además de las espasmódicas políticas argentinas en materia de defensa, de comunicación, de  economía y fundamentalmente en lo atinente a lo soberano -territorial, cultural, simbólico y diplomático- vemos aquí claramente cómo la gestión de Milei es contradictoria también a la hora de honrar a quienes él mismo destaca como los héroes mayores de la República Argentina. En un trabajo de Leticia Saldi, investigadora del IANIGLA junto a Roberto Scherbosky, del INTA,  ilustran sobre la promulgación de la Ley 4031 que en su artículo 130 promueve y autoriza la compra de tierras para el ejército, entre ellas Campo Los Andes. Conocido también como estancia El Melocotón, que abarcaba 104.804 hectáreas y se convirtió en área de entrenamiento militar, de producción agropecuaria y de cría y reproducción de mulares. Esa Ley es del tiempo preferido de Milei, principios del Siglo XX y dictada por su faro político: Julio Argentino Roca. En esta ocasión, bien podría honrarlo imitándolo


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