QUITA DE PENSIONES

Discapacidad: el Gobierno endureció los requisitos para acceder a la pensión no contributiva por invalidez

El Gobierno, a través del Decreto 843/2024 firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Salud, Mario Russo, publicado el lunes 23 de septiembre en el Boletín Oficial, estableció cambios en los requisitos para acceder a una pensión no contributiva por invalidez.

El Gobierno, a través del Decreto 843/2024 firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Salud, Mario Russo, publicado el lunes 23 de septiembre en el Boletín Oficial, estableció cambios en los requisitos para acceder a una pensión no contributiva por invalidez.

Auditoría a las pensiones no contributivas

La decisión fue tomada luego de que los primeros resultados de una auditoría realizada en la base de datos de los beneficiarios constatara que había supuestas "inconsistencias alarmantes".

Según los resultados de la primera inspección llevada a cabo por la ANDIS sobre 29.000 pensionados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 300.000 en Provincia de Buenos Aires y 175.000 en Chaco, Jujuy y Salta, 176.569 fueron las asignaciones revestidas como "irregulares".

Condiciones más duras para acceder a una pensión no contributiva

El decreto establece que la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) podrá solicitar una reevaluación a los titulares. Asimismo, el beneficio ya no es compatible con el empleo registrado.

Los nuevos requisitos de las pensiones no contributivas recalcan que se requiere una incapacidad laboral del 66% o superior para su cobro. Dicho porcentaje debe acreditarse con el Certificado Médico Oficial (CMO) y la documentación que lo respalde.

Recordemos que este beneficio es equivalente al 70% de la jubilación mínima. Es decir, se va ajustando conforme a la movilidad de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

En el mes de setiembre, incluyendo el bono de $ 70.000 los pensionados recibieron $234.178,16

Pensiones no contributivas incompatibles con el empleo formal

Javier Milei derogó los Decretos 7 de enero de 2023 y 566 de octubre de 2023, por lo que desde ahora los titulares ya no pueden trabajar.

De hecho, el nuevo decreto recalca que no es posible tener un vínculo laboral, ni estar inscripto en el Régimen General (autónomos) ni en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo).

En el año 2023 el colectivo de personas con discapacidad había celebrado la medida ya que muchos no ingresaban al mercado laboral por temor a perder una pensión que, aunque baja en monto, los habilitaba a tener una cobertura prestacional.

Acreditación de identidad y residencia

Los solicitantes de pensiones no contributivas deben acreditar su identidad, edad y nacionalidad con el Documento Nacional de Identidad (DNI). Es indispensable tener residencia en el territorio argentino.

En el caso de naturalizados se exige una residencia mínima de tres años. Sin embargo, el plazo se eleva a diez años para extranjeros. Si el solicitante es un menor de 18 años, sus padres tienen que acreditar una residencia mínima de tres años.

Incompatibilidad con la titularidad de bienes

Las pensiones no contributivas son incompatibles con la titularidad de bienes e ingresos. Andis establecerá los criterios socioeconómicos a evaluar para acreditar el cumplimiento del requisito.

Los beneficiarios no deben estar privados de su libertad

La normativa establece que los titulares de las PNC no pueden estar detenidos o a disposición de la justicia

¿Cuáles son los nuevos requisitos para acceder a la Pensión no Contributiva por Invalidez Laboral?

1) Encontrarse incapacitado en forma total y permanente: se presume que la condición será válida cuando produzca una disminución del 66 % o más.

Este requisito se informará mediante la presentación del Certificado Médico Oficial (CMO) y su documentación médica respaldatoria, en el que deberá indicarse patología y grado, suscripto por profesional médico de establecimiento sanitario oficial o de la ANDIS.

2) No poseer un vínculo laboral formal ni encontrarse inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente.

3) Acreditar la identidad, edad y nacionalidad mediante el Documento Nacional de Identidad.

4) Ser argentino nativo o naturalizado y residir en el país.

5) Las personas extranjeras deberán acreditar una residencia mínima continuada en el país de 10 años.

6) No contar con un régimen de previsión, retiro permanente o pensión de carácter contributivo o no contributivo.

7) En el caso de solicitantes menores de edad, no tener familiares que estén obligados legalmente a proporcionarle alimentos, o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para poder hacerlo.

8) No tener pariente o cónyuge que esté obligado legalmente a proporcionarle alimentos y sustento económico, o que, teniéndolos, no sea suficiente para la subsistencia.

9) No tener bienes, ingresos ni recursos suficientes que permitan su subsistencia: la ANDIS, será la encargada de establecer los criterios socioeconómicos con el fin de evaluar y acreditar el cumplimiento de este requisito.

10) No encontrarse detenido en establecimientos penitenciarios o a disposición de la justicia.  

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