POLÍTICA CRIMINAL

Clara como el agua turbia

El Ministerio Público Fiscal publicitó las condenas sufridas por dos personas que habrían participado en las protestas contra la minería en Uspallata. Las organizaciones niegan tal pertenencia y denuncian maniobras para criminalizar a las Asambleas en defensa del agua

Corresponsalía Diario PORTADA

La información provista por el Ministerio Público Fiscal daba cuenta de la veloz resolución procesal contra dos imputados que habrían participado de las protestas contra el proyecto minero San Jorge en Uspallata, sin embargo, la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata, niega la pertenencia de los condenados y revela intenciones políticas de esta confusión. Clara como el agua turbia.

Abreviando

La inusitada velocidad con la que suelen resolver algunos casos que se prevén complejos, frente a la enorme cantidad de delitos contra las personas y la propiedad privada que se sufre en Mendoza, y que nunca se arriba a la detección y posterior resolución, llama la atención. Sería para celebrar que todo se resuelva con celeridad y justeza, pero son más las dudas y suspicacias que la sensación de contar con un servicio de justicia acorde a las demandas.

Hacela corta

Miguel Pablo González y Marcelo Daniel Correa Molina fueron imputados por disturbios y daños el 24 de enero, en ocasión de protestas por la instalación de una oficina de la Cámara de Proveedores Mineros, presidida por Edgardo Vera, quien denunció daños y agresiones a su familia. El primero de los imputados aceptó en Juicio Abreviado los cargos que se le imputaron, y el segundo, con imputaciones más leves, recuperó la libertad pagando una fianza de 500 mil pesos, aunque quedó sujeto a medidas restrictivas, como no poder salir del país.

Desde aquella jornada 

Voceros de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata, el mismo 24 de enero, insistieron en dos aspectos puntuales: Ellos no habían agredido ni vandalizado el local -delito que se le imputa a uno de los dos condenados- y que sólo ejercieron la defensa frente a agresiones de personas identificadas con el gremio de la UOCRA, enviados como "fuerza de choque" (algo que también ensayaron en 2019 con idéntico resultado: amedrentar a los y las manifestantes les resultó inútil) El día posterior de la frustrada inauguración, la marcha contra la instalación de la mina de cobre San Jorge fue muy numerosa y sin algún incidente que lamentar.

Liberen a Cornejo

Cuando se instruyeron las detenciones de los imputados, desde la Asamblea, no pidieron ni por González ni por Correa Molina, sí por Cornejo, quien al cierre de esta nota, aún se encuentra detenido. Mauricio Cornejo sí es un activista del Ambiente y pertenece a la Asamblea de Vecinos de Uspallata, a diferencia de los otros dos, según indican desde la organización que se opone rotundamente a la actividad minera en Uspallata y reclaman desde hace años para que se trate un proyecto que declare de Área Natural Protegida a la región desde Uspallata hasta Polvareda.

Confusión y cuitas 

La condena contra los imputados, en la que intervino la Doctora Amalia Yornet, jueza del Juzgado penal Colegiado N°8, es por los delitos de Incendio doloso y por pertenecer a una agrupación para la coerción ideológica. El primero de los delitos está tipificado en el artículo 186 del Código Penal y es taxativo: de tres a diez años de reclusión o prisión para quien causare incendio, explosión o inundación, si hubiere peligro común para los bienes. El imputado aceptó los cargos y sería ocioso agregar algún comentario. El otro delito que se les imputa es el que promueve confusión y despierta suspicacia.

El derecho torcido

Se desprende del comunicado del Ministerio Público Fiscal, que el otro delito que se les imputa a los ya condenados, es el contemplado en el artículo 213 del Código Penal. A la vez, este es el que se habría usado para detener a Cornejo, a Mauricio, claro. Estos delitos están comprendidos en los denominados "contra el Orden Público" (título VIII). Lamentablemente hace diez días falleció uno de los penalistas más lúcidos del mundo, el doctor Claus Roxin, quien refería a este tipo de encuadre delictivo dentro de lo que él llamaba "derecho penal simbólico", en el que se amplía la punibilidad hasta los extremos en que no existe una concreta lesión. Sería como una acción preventiva o, para ser más brutal, una "sensación de crimen" sin que se pueda probar la comisión de una lesión a la sociedad o a los bienes protegidos.

¿Con o sin bis?

En la comunicación oficial no aclaran. El artículo 213 del CP tiene dos variantes. La primera es más accesible al sentido común. Será reprimido quien hiciere apología de un delito o de un condenado. Es obvio que el Poder Judicial elude este punto. De ponerse en práctica el presidente Milei, y por tomar otro ejemplo fácil, el diputado Espert, deberían purgar años de prisión (por la reiterancia de este delito). En cambio, el 213 bis es más lábil. Será penalizado quien organice o tome parte en agrupaciones cuyo objeto fuese "imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el sólo hecho de ser miembro de la asociación".  Aquí, además de ofrecer una dificultad mayúscula para comprobar la comisión de un delito, lo que hace girar la mirada desde Tribunales a Casa de Gobierno, es que el "incendiario confeso" no pertenece a la organización y resulta sospechoso que si la propia organización lo desconoce como tal, él se haya autoinculpado en ese juicio abreviado, ¿no?.

Podéis ir en paz

Judicializar la política trae sus consecuencias. Siempre es tentador acudir a lo punitivo cuando no se logra convencer al opositor, pero suele ser como una daga sin mango, que hiere al contrincante pero inexorablemente termina lastimando al que la detenta. Es lo que viene ocurriendo en Mendoza con la intención de explotar su enorme potencial minero. Todos los controles que prometen hacer una vez iniciados los proyectos se desvanecen con las torpes acciones que realizan para imponer en vez de para persuadir. La leyenda de San Jorge y el Dragón, en Mendoza, parece que se invirtió. 

A continuación replicamos el Comunicado de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata, en la que distingue hechos y personajes, además de manifestar su voluntad pacífica y pedir por la no persecución por expresar sus diferencias.


Clara como el agua turbia
Esta nota habla de:

Nuestras recomendaciones