gas envasado

El gobierno de Milei desreguló el precio del gas envasado

Con esta medida se elimina los precios máximos de referencia, y desde ahora se podrán fijar libremente sin tener que adecuarse a un tope.

Mediante la Resolución 216/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei dispuso que "a fin de liberar de regulaciones de precios al sistema", resulta necesario dejar de aplicar ‘Precios Máximos de Referencia (tope).

Así, solamente continuarán estableciendo precios de referencia, por lo que desde ahora lo que pagan los usuarios no tendrá otro tope que lo que marque la lógica de la oferta y la demanda.

La Secretaría de Energía que conduce Eduardo Rodríguez Chirillo decidió desregular los precios de la industria y comercialización del Gas Licuado de Petróleo (GLP), que incluyen los valores de referencia de las garrafas, y las etapas de fraccionamiento, distribución y venta al público de garrafas a fin de continuar estableciendo únicamente ‘Precios de Referencia', sin un tope que obstaculice la cobertura de la real variación experimentada en los costos observados en los segmentos de fraccionamiento, distribución y comercio minorista".

Los valores de referencia

Los nuevos valores de referencia establecidos por Nación se ubicaron en:

  • $8.500 (10 kg)

  • $10.200 (12 kg)

  • $12.750 (15)


Cuáles son los valores en Mendoza

Desde el ejecutivo explicaron que los valores vigentes por una garrafa de 10 kilos:

  • $4.900 en los departamentos de Capital, Guaymallén, Godoy Cruz, Maipú, Luján de Cuyo, Rivadavia, Junín, San Martín, Santa Rosa y La Paz.

  • $5.500 en los departamentos de Lavalle, Las Heras, Tunuyán, Tupungato, San Carlos.

  • $5.800 Alta Montaña: Uspallata, Polvaredas, Punta de Vacas, Las Cuevas, Puente del Inca.

  • $6.000 pesos en los departamentos de San Rafael y General Alvear.

  • $7.000 en el departamento de Malargüe.


Qué pasará con la "Garrafa en tu Barrio"

"El programa 'Garrafa en tu Barrio' que se implementa en Mendoza tiene valores por debajo de los valores de referencia que establece la Nación", por lo que "los valores se van a mantener sin modificaciones previstas".

  • Las y los interesados en acceder al beneficio deberán concurrir con el envase, fotocopia de DNI y la certificación negativa de la ANSES.
  • Las y los jubilados y pensionados con acreditación de haberes deben presentar además fotocopia del carnet de PAMI.
  • Las personas con discapacidad deben concurrir con C.U.D. ( Certificado Único de Discapacidad) y en este caso si otra persona retira la garrafa debe presentar fotocopia del DNI de la persona que retira en su lugar.



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