DEFENSORÍA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: De un supuesto proyecto superador a un efectivo proyecto colectivo

Silvina Camiolo – Senadora Provincial PJ Cumplimientos legales La ley provincial 8345 (y su modificatoria 8510) fue producto del arduo trabajo de senadores y diputados de la provincia de Mendoza, que se hicieron eco de las demandas de las personas con discapacidad y las organizaciones y reconocieron la necesidad de contar con una Defensoría de… Continúa leyendo DEFENSORÍA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: De un supuesto proyecto superador a un efectivo proyecto colectivo

Silvina Camiolo – Senadora Provincial PJ

Cumplimientos legales

La ley provincial 8345 (y su modificatoria 8510) fue producto del arduo trabajo de senadores y diputados de la provincia de Mendoza, que se hicieron eco de las demandas de las personas con discapacidad y las organizaciones y reconocieron la necesidad de contar con una Defensoría de personas con discapacidad, organismo autónomo e independiente que tiene como misión la defensa y protección de los intereses y derechos de las Personas con Discapacidad tutelados por la Constitución Nacional, Tratados Internacionales, Constitución Provincial y las leyes, frente a los actos, hechos u omisiones de la administración pública provincial y municipal, de prestadores de servicios públicos, de entidades financieras y de las personas físicas o jurídicas que generen conflictos con ellas (art. 2, ley 8345).

Desde el año 2013 la provincia cuenta con un Defensor y una Co-defensora adjunta, cargos que deben renovarse cada cinco años, según art. 7 ley 8345.

A fines de 2018, se cumplieron los procedimientos legales que exige el artículo 4 de la mencionada ley, a efectos de elegir los nuevos defensores, a saber:

  • Se abrió registro de postulantes en la legislatura.
  • Dicha fecha de apertura fue anunciada durante tres días en el Boletín Oficial y medios gráficos de la provincia.
  • Se dio publicidad durante dos días sobre la nómina de postulantes.
  • Los antecedentes curriculares estuvieron a disposición de la ciudadanía y se permitía recibir impugnaciones u observaciones sobre los candidatos.
  • Las comisiones de desarrollo social de ambas Cámaras Legislativas, en plenario y por mayoría absoluta de sus miembros, fueron las encargadas de analizar y evaluar los antecedentes de los postulantes; se elevaron cinco nombres y quedó constancia mediante acta firmada por todos los miembros que esa selección obedecía a un orden de méritos. Este fue un arduo trabajo que no podía exceder los treinta días, según consta en la ley y así se realizó.

Finalmente, el 13 de marzo de 2019 se llevó a cabo la asamblea legislativa tal como explicita la normativa vigente. En dicha oportunidad, el oficialismo insistió en votar contrario a la orden de mérito, solicitando que:

a) Quién había quedado en tercer lugar (el actual Defensor afín al Gobierno) continuara en su cargo.

b) Quién obtuvo el primer lugar en el mérito, quedara fuera de la selección.

c) Sólo se ?respetaba? el orden de mérito del segundo lugar, que coincidía con el cargo de la defensora adjunta, actualmente en funciones.

Cabe aclarar que todo el arco opositor propuso que se respetara el orden de mérito propuesto por la comisión bicameral. En la propuesta del oficialismo y en la de la oposición existió una sola coincidencia, la de la defensora adjunta que, si se hubiese sometido a votación, obtenía la unanimidad.

El escándalo de esa asamblea no fue muy visibilizado y el sesgo mediático siempre responsabilizó al peronismo de no querer un acuerdo con el oficialismo.

Con todo esto, la Defensoría lleva casi veintiséis meses con un Defensor de manera interina y en claro incumplimiento de la ley.

Una reforma a la medida

Cuando se plantea la reforma a una ley, se espera de ella que sea superadora, que esté a la altura de las necesidades y realidades ciudadanas. Esto se conoce como principio de progresividad y es el mecanismo con que contamos para asegurarnos un sistema legal más equilibrado con la realidad.

En el marco de la irregularidad en que se encuentra la Defensoría de Personas con Discapacidad, aparece un proyecto de ley, autoría del senador Marcelo Rubio y acompañado en la firma por los senadores Fernando Alin, Héctor Bonarrico, Alejandro Diumenjo , Ernesto Mancinelli , Pablo Priore y Juan Carlos Jaliff, que intenta modificar el mecanismo de selección del Defensor/a y adjunto/a, solicitando que sea el Ejecutivo quien proponga ambos cargos y sean aprobados por el voto de simple mayoría en el Senado. Aduce que este método sería más dinámico, inclusivo, accesible y acorde a los tiempos actuales.

Teniendo en cuenta el art. 1° de la ley y el espíritu fundante de la Defensoría, quien ocupa ese cargo debe defender y proteger los derechos  ?frente a los actos, hechos u omisiones de la administración pública provincial y municipal,? por lo tanto ya produce una contradicción supina.

Lo que se intenta es bloquear la posibilidad de contar con un mecanismo transparente, objetivo y participativo por lo menos de las fuerzas políticas con representación parlamentaria.

Que se desestime la selección cuidadosa, razonable y de acuerdos que realizó una bicameral compuesta por todos los bloques, que trabajó durante treinta días sin descanso, en el mayor de los escenarios de transparencia posibles, para preferir que la selección sea realizada directamente por el Ejecutivo, sólo le cabe el calificativo del dinamismo al que hace mención Rubio, pero sería asimismo arbitraria, limitada y excesivamente dedocrática.

¿Una modificación acorde a los tiempos actuales?

La actualidad está marcada por el paradigma de derechos, la perspectiva de género, la inclusión efectiva de las personas con discapacidad, el propio concepto de discapacidad en entredicho, etcétera. Sin embargo, no hay en todo el proyecto ?supuestamente superador? del senador Rubio, algo de esto al respecto.

En relación con la perspectiva de género, ni siquiera para la firma del proyecto se ha tenido en cuenta la figura de la mujer. Tampoco se plantea una modificación del articulado que asegure el cupo de paridad, por ejemplo. Lo propio ocurre respecto a la participación de personas con discapacidad en los cargos de la defensoría, lo cual sería realmente coherente con los paradigmas de derechos que versan: ?nada sobre nosotros sin nosotros? reclamando una justa y efectiva inclusión social.

Tampoco hay un avance conceptual con la terminología, donde podría hablarse de diversidad funcional y no de discapacidad? pero eso ya sería mucho pedir.

Lo único ?acorde? a los tiempos de la provincia es la intención de manejar todo al antojo del oficialismo: gracias al acuerdo con algunos aliados, cuentan con mayoría en ambas cámaras legislativas, por lo que la legislatura se ha transformado en una escribanía del gobierno, donde los proyectos salen a capricho del ejecutivo, sin dejar de mencionar la asegurada inmunidad en el sistema judicial que supieron conseguir, habiendo copado todos los cargos posibles en este poder.

Lo porvenir: sólo la organización vence al tiempo

Si algo está claro, es que no nos quedaremos de brazos cruzados. Como peronistas, el próximo desafío es convocar a los actuales y potenciales usuarios de la Defensoría, a sus familias, a las organizaciones que luchan día a día contra la discriminación estructural y funcional que padecen.

Convocar, escuchar, reflexionar y ejecutar son las herramientas que conocemos para lograr los necesarios cambios sociales, acordes a estos tiempos y, principalmente, respetuosos de los derechos de todos y todas.

Como dijo una vez el General Perón: ?? y ya no seguiremos con el procedimiento del dedo, porque eso no va a ser eficaz (?) Porque el hombre no vence al tiempo, la organización es lo único que puede vencerlo.?

Unidos, organizados y solidarios, será nuestro compromiso de trabajo para el porvenir. Porque un proyecto superador sólo lo es si nos incluye a todos.

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