donación de órganos de asistolia controlada

Se realizó en Mendoza el primer trasplante desde un paciente con muerte cardíaca

Con esta innovadora técnica, aumentan las posibilidades de acceder a un trasplante para algunos de los 319 mendocinos que están en lista de espera.

La realización de la primera donación de órganos de asistolia controlada de un paciente pediátrico fue en el Hospital Pediátrico Alexander Fleming de OSEP Mendoza , cuyo equipo trabajó junto al Incaimen.

La donación tras la muerte circulatoria, más conocida como donación en asistolia controlada (DAC), consiste en la utilización de órganos provenientes de pacientes con daño cerebral catastrófico, enfermedades neurodegenerativas, cardiacas o respiratorias en fase terminal.

Se trata del tercer caso en el país por lo que posiciona a la provincia como pionera en Latinoamérica.

Qué es la donación de órganos de asistolia controlada

La donación en asistolia es el proceso de extracción de órganos realizado luego del fallecimiento de una persona y certificado mediante la determinación del cese irreversible de la función circulatoria.

El procedimiento esta regulado por la Ley N° 27.447.

Lo habitual en Argentina es que la donación de órganos para trasplante se realice a partir de donantes fallecidos en unidades de terapia intensiva (UTI) a consecuencia de lesiones encefálicas catastróficas, con sostén artificial de funciones cardio respiratorias, es decir en muerte encefálica.

Con los avances en la legislación del país han permitido contar con un marco normativo adecuado para dar este paso, porque por sobre todas las cosas se busca que haya seguridad para dar todas las garantías necesarias a la comunidad. Por eso, en setiembre del año pasado, a través de la Resolución 327/2023, se estableció un protocolo para este tipo de procedimiento.

"El avance tecnológico generó la posibilidad de obtener órganos para trasplante de donantes cuyo fallecimiento se produjo por el cese irreversible de las funciones circulatorias, lo que se conoce como donación en asistolia. En nuestro país, la Ley N° 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células ha incluido en el artículo 36 la certificación de muerte mediante la determinación del cese irreversible de las funciones circulatorias o del cese irreversible de las funciones encefálicas, según sea el caso", detalla la resolución.

En relación al posicionamiento del país al respecto Rodolfo Fernández, coordinador jurisdiccional del Incaimen, detalló que es un procedimiento que se hace en países de Europa, sobre todo en España, que es pionero en el tema de las donaciones, y en Estados Unidos. Pero no se hace en Sudamérica ni en los países menos desarrollados de Centroamérica.

El gobernador Alfredo Cornejo se encargó de realizar el anuncio, y destacó que posiciona a la provincia y al país como pioneros en este procedimiento en Latinoamérica.

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