Según la norma, el Salario Mínimo Vital y Móvil de diciembre será de $279.718 para las y los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, en tanto que el valor de la hora, para las y los trabajadores jornalizados será de $1.399.

Los aumentos para enero, febrero y marzo

El gobierno estableció aumentos mensuales hasta marzo del 2025:

  • Enero: $ 286.711 para los mensualizados y $1.434 por hora, para los jornalizados

  • Febrero: $292.446 para los mensualizados y $ 1.462 la hora para los jornalizados

  • Marzo: $ 296.832 para los mensualizados y $ 1.484 por hora para los jornalizados.

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Prestación por desempleo

Por otro lado, en el artículo 2° de la norma se establece que "la Prestación por Desempleo prevista en el artículo 118 de la Ley Nº 24.013, para los trabajadores convencionados o no convencionados, será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo".

El texto aclara que "en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.

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