Crédito a Tasa Cero
Entre mañana y el 29 de mayo, los monotributistas y autónomos podrán iniciar el trámite para acceder a un Crédito a Tasa Cero. El procedimiento se inicia a través de la página web de la AFIP con clave fiscal. ¿Quiénes pueden acceder? El servicio estará habilitado para aquellas personas que cumplan con los criterios… Continúa leyendo Crédito a Tasa Cero
Entre mañana y el 29 de mayo, los monotributistas y autónomos podrán iniciar el trámite para acceder a un Crédito a Tasa Cero. El procedimiento se inicia a través de la página web de la AFIP con clave fiscal.
¿Quiénes pueden acceder? El servicio estará habilitado para aquellas personas que cumplan con los criterios de elegibilidad adoptados por la Jefatura de Gabinete de Ministros. Por ejemplo, no podrán iniciar el trámite quienes tengan un trabajo en relación de dependencia o perciban una jubilación.
A través de la página web de la AFIP, monotributistas y autónomos:
1) Definirán el monto total del crédito a tramitar de acuerdo al máximo previsto para su categoría.
2) Ingresarán el número de su tarjeta de crédito.
3) Indicarán el banco emisor. (También deberán ofrecer una dirección de correo electrónico).
Quienes no posean tarjeta de crédito deberán indicar el banco con el que operan habitualmente, en caso de no poseer uno, definir el banco más cercano a su domicilio donde quisiera proceder con el trámite.
Al finalizar ese recorrido la AFIP emitirá un Certificado de Tramitación y remitirá la información al BCRA para la continuación del trámite.
El BCRA enviará luego esos datos al banco seleccionado y será este último quien se ponga en contacto con los monotributistas o autónomos.
El monto máximo del Crédito a Tasa Cero es de 150 mil pesos. Los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito en tres desembolsos sucesivos e idénticos. Los créditos contarán con un período de gracia de 6 meses. El repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin interés.
Pago del monotributo: Las entidades bancarias sumarán a cada uno de los tramos desembolsados, el monto equivalente a la obligación mensual, y destinarán esos recursos directamente al pago del vencimiento.