Ley de Emergencia en Discapacidad

Con una amplia mayoría la Ley de Emergencia en Discapacidad obtuvo media sanción

Con 148 votos a favor, 71 en contra y tres abstenciones, la Cámara de Diputados declaró la Emergencia en Discapacidad en todo el territorio hasta el 31 de diciembre del 2026.

En medio de una importante convocatoria en las afueras del Congreso, dónde participó el colectivo en discapacidad junto a otros sectores, y con el anunciado rechazo oficialista, es decir de las y los diputados del gobierno de Javier Milei, la oposición logró darle media sanción en la Cámara de Diputados al proyecto de ley que declara la Emergencia en Discapacidad en todo el territorio hasta el 31 de diciembre del 2026, pudiendo prorrogarse por un año más.

Las personas con discapacidad habían anunciado y denunciado que el gobierno de Milei "incumple con las pautas y medidas fundamentales que sostienen el funcionamiento del Sistema Único de Prestaciones Básicas para las Personas con Discapacidad".

Qué contempla la Lay de Emergencia en Discapacidad

La Ley de Emergencia en Discapacidad prevé el financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad; el fortalecimiento de los prestadores de la Ley 24.901, asegurando en forma expeditiva y simplificada el acceso a un régimen de emergencia de regularización de deudas tributarias, condonación de intereses, multas y demás sanciones, refinanciación de planes de pago vigentes y de las deudas emergentes de planes caducos.

También, la compensación arancelaria y la actualización del valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral; el financiamiento adecuado y sostenible del funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad; la actualización de la asignación mensual estímulo de acuerdo al equivalente del porcentaje del salario mínimo, vital y móvil vigente y la apertura de nuevos ingresos al Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad (Ley 26.816).

En una modificación al artículo 9 de la Ley 13.478, se faculta al Poder Ejecutivo "a otorgar una pensión inembargable a toda persona sin suficientes recursos propios, no amparada por un régimen de previsión, de 70 o más años de edad o con discapacidad que cuente con el Certificado Único de Discapacidad (CUD)".

Además, se incorpora un artículo 7 bis a la Ley 24.091 que reza:

"Los valores de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad serán iguales para todas las personas jurídicas obligadas por la presente ley".

Otro de los artículos faculta al jefe de Gabinete a "efectuar las ampliaciones y modificaciones presupuestarias tendientes a asegurar el financiamiento de las medidas de protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad y de los prestadores a su favor dispuestas en la presente ley".

"Las reestructuraciones presupuestarias no podrán realizarse con la reducción de los créditos correspondientes a la finalidad ‘Servicios Sociales'", agrega.

La sanción de declaración de emergencia en discapacidad venía siendo reclamada por diversos sectores en todo el país, que vienen realizando marchas para reclamar a los legisladores que sancionen una ley para actualización los valores de las prestaciones y de las pensiones.

Las y los diputados de la Libertad Avanza por Mendoza votaron en contra:

  • Facundo Correa Llano (La Libertad Avanza): negativo

  • Mercedes Llano (La Libertad Avanza): negativo

  • Álvaro Martínez (La Libertad Avanza): negativo

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